Como la sentencia hablaba de "dÃas feriados" algunas empresas de la patronal decÃan que se referÃa la sentencia sólo a dÃas festivos pero deja claro que también se refiere a las libranzas. Se ve que tienen un diccionario a parte...
Tras la aclaración del Tribunal Supremo la realidad es que todo queda como habÃamos interpretado, por tanto, DESDE YA MISMO, los permisos del art. 28 del Convenio (nacimiento de hijo, fallecimiento de familiar hasta 2º grado y permiso por matrimonio o pareja de hecho) empezarán a contar desde el primer dÃa laborable para el trabajador.
Todas aquellas personas a las que se les haya denegado este derecho, desde el 15 de marzo que salió la sentencia del Tribunal Supremo, que se pongan en contacto con los representantes de CCOO para reclamar esos dÃas.








