Gracias a la posición mayoritaria de CCOO en el Sector de la Mediación, hemos conseguido mejorar sustancialmente el Convenio respecto al anterior en materias como la formación, la salud laboral, los permisos, la previsión social complementaria y los derechos sindicales en las empresas. Asimismo, gracias al esfuerzo de CCOO para fomentar la igualdad, el Convenio incorpora un lenguaje no discriminatorio en materia de género.
A continuación recordamos los aspectos destacables del Convenio:
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Vigencia: Se acuerda una vigencia de 3 años, hasta el 31/12/2018.
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Incremento salarial: Se acuerda un incremento del 0,9% en 2016; un incremento del 1,1% en 2017 y un incremento del 1,2% en 2018. Adicionalmente, se acuerda aplicar una tabla de incremento salarial variable en función de la evolución de los ingresos de las empresas.
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Dietas y gastos de locomoción: Se acuerda la actualización de las cantidades correspondientes a las dietas y los gastos de locomoción en las siguientes cuantÃas:
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2016
2017
2018
Con pernocta
84
85
86
Sin pernocta
18
19
20
Gastos de locomoción
0,33
0,34
0,35
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Actualización importes por traslado: Se acuerda la actualización de la compensación por vivienda en los casos de traslado.
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Seguro de Vida: Se acuerda la actualización de los capitales del seguro de vida a 20.000? y doble capital, es decir 40.000? en caso de fallecimiento o incapacidad producidos por accidente. Asà mismo, se elimina la referencia a los 65 años de edad, sustituyéndola por ?edad ordinaria de jubilación?.
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Permisos art. 30.1.b): Se establece un lÃmite de 200 km para considerar la existencia de desplazamiento. También se incluye que de los dos dÃas de permiso, al menos uno sea laborable.
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Traslados: Se actualiza el redactado conforme a la normativa vigente sobre el derecho preferente de determinados colectivos (vÃctimas de violencia de género, vÃctimas de terrorismo, etc.)
Jubilación: Se acuerda incluir la referencia a la edad ordinaria de jubilación para personas con discapacidad. Asimismo, en lo referente al premio de jubilación, se acuerda limitar el perÃodo de carencia a las contrataciones posteriores al 02/07/2013.
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Comisión Paritaria de Igualdad: Se acuerda que se reúna con una periodicidad mÃnima de dos veces al año.
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Comisión de Salud Laboral: Se acuerda constituir una Comisión Sectorial de Salud Laboral con el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud, asà como la prevención de riesgos laborales en el Sector.
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Derechos sindicales: Se facilita el trabajo de los y las representantes de las plantillas al permitirse la utilización de herramientas telemáticas.
Desde CCOO valoramos positivamente la firma de este Convenio que, como decÃamos el pasado mes de junio cuando se alcanzó un preacuerdo, consideramos equilibrado y valoramos también su voluntad de dotar de estabilidad y homogeneidad al Sector, pues de nuevo se ha suscrito por un periodo de vigencia de tres años.
Si quieres leer el texto completo del Convenio, podrás hacerlo en www.ccoo-servicios.es en cuanto esté publicado en el B.O.E.
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