El Juzgado de lo Social núm.19 de Barcelona ha dado la razón a los trabajadores de ASGECA que habÃan reclamado enfrente de la práctica empresarial de suprimir unos beneficios sociales: de ayudas por estudios de los hijos, natalidad, nupcialidad y antigüedad. Con esta Sentencia, núm. 97/2005, se reconoce el derecho de los trabajadores a percibir las cantidades correspondientes.
Una vez más es de lamentar que ASGECA tenga que rectificar su práctica unilateral sólo por la vÃa judicial, procedimiento que la representatividad sindical de COMFIA-CCOO ha de emprender ante la constante pretensión de suprimir condiciones laborales en perjuicio de la plantilla.
Secció sindical de COMFIA-CCOO a ASGECA