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Servicios de Prevención Ajenos (SPA)

La comisión mixta aprueba las tablas del Convenio Colectivo de los SPA correspondientes a los años 2009 y 2010


El 21 de enero, en reunión de Comisión Mixta del Convenio Estatal de Servicios de Prevención Ajenos, se ha procedido a la aplicación de la cláusula de revisión salarial recogida en sus artículos 47 y 48.

En cuanto al año 2009 la tabla definitiva se regula con el criterio acordado en el SIMA el pasado 30 de marzo de 2009 donde se establecía lo siguiente:

Para el 2009 una previsión del 2% sobre la tabla definitiva del 2008, una vez que se constate el IPC real del 2009 (que ha sido del 0,8%) se procederá a la elaboración de la tabla definitiva con dicho incremento, teniendo en cuenta que no procede devolución alguna de las cantidades percibidas en 2009.

Para el cálculo de la tabla del año 2010 se tendrá en cuenta la tabla definitiva de 2009 añadiendo el incremento de la previsión del gobierno (1%) y a la cantidad resultante se sumará además el 40% que regula el artículo 44 del convenio sectorial, el 60% restante se aplicará a las tabla salarial del próximo año.

Desde COMFIA-CCOO valoramos esta subida salarial positivamente porque supone el incremento de un 1,2% respecto el IPC real 2009, una subida del 1% en 2010 y el 40% del “complemento diferencia salarial” del artículo 44 del convenio y que servirá para equiparar a los trabajadores del sector de prevención.

Tabla salarialLa Tabla de 2010 es provisional, e incluye un 1% a cuenta del IPC. La tabla definitiva 2009 es la tabla oficial a efectos de cálculo de la tabla 2010, teniendo en cuenta que de conformidad con el acuerdo suscrito entre las partes en el SIMA de fecha 30 de Marzo de 2009, no corresponden devoluciones sobre los salarios pagados en 2009 en referencia a la tabla provisional.

TABLA DE COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA AÑO 2010

Art 41.6 .El importe anual del multiplicador será en cada momento el que resulte de calcular la diferencia en cómputo anual en la tabla de salarios, entre el salario de dicho nivel y el nivel inmediatamente superior, y dividir dicha diferencia por 10.



>> Ver las tablas en el comunicado en PDF

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