Aplicación del Real Decreto sobre Teletrabajo en Contact Center

 contact center Teletrabajo

Tras la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, en el que se regula el trabajo a distancia, nos hemos dirigido a la patronal del sector de Contact Center solicitando abrir de forma urgente una mesa de negociación para abordar la compensación de los gastos derivados del teletrabajo implantado durante la  pandemía, tal como se establce en la disposición transitoria tercera del mencionado RD


Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia

El Real Decreto Ley se basa en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras. Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.


Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia

Real decreto que regula el Teletrabajo

El Real Decreto Ley se basa en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.

Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.


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