El Juzgado de lo Social nº 2 de Ourense ha dictado una sentencia que considera nulo el despido de un trabajador

Nueva nulidad en el ERE Tragsa

Los servicios jurídicos de CCOO nos han informado que el Juzgado de lo Social nº 2 de Ourense ha dictado una sentencia que considera nulo el despido de un trabajador en el marco del ERE Tragsa.

En este caso, la Sala considera que la valoración efectuada al actor, ha de considerarse arbitraria y carente de toda acreditación y justificación? ya que ?no existe en las actuaciones dato alguno que permita determinar de dónde se obtiene la puntuación atribuida al demandante prueba que debía suministrar la empresa?. La simple manifestación del evaluador que le asigna la puntuación en modo alguno justifica la misma por cuanto no conoce las circunstancias de la prestación de servicios del actor, al no compartir trabajo con el mismo en la obra, en temas concretos y permanentes como son el compañerismo, la integración en el equipo, el grado de implicación, etc.

Como podemos ver, cuestiona la forma y manera de cómo se ha realizado el proceso de selección del personal despedido y destaca la opacidad de la valoración, es decir, hay una puntuación negativa del trabajador pero se desconocen los criterios concretos que han llevado a dicha evaluación y que la empresa no ha podido aportar en el acto del juicio.

En este enlace podéis leer una noticia relacionada con este asunto publicada por InfoLibre.

Consideramos que ésta es una importante sentencia ya que, si prospera esta tesis en posteriores sentencias, muchos despidos serán declarados nulos por incumplimiento de la regla relativa a los criterios de selección del artículo 51 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Comunicado 


CCOO consigue que el Tribunal Supremo aprecie falta de medidas de prevención suficientes ante los riesgos psicosociales en Caixabank

caixabank sentencia

La Sentencia del Tribunal Supremo (ver aquí Sentencia Tribunal Supremo) confirma rotundamente, sin fisuras, la anterior de la Audiencia Nacional (ver aquí Sentencia Audiencia Nacional) que reconoce falta de medidas de prevención suficientes ante los riesgos laborales psicosociales para las personas que trabajan en Caixabank.


CCOO consigue que la presión y el estrés sean reconocidos como riesgos de la profesión bancaria

Caixabank. Sentencia salud laboral

  • El Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional contra la negativa de Caixabank a identificar correctamente los riesgos psicosociales. 


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