El TJUE reconoce como jornada de trabajo el tiempo de disponibilidad localizada, incluso fuera de la empresa
CCOO.- Esta sentencia, que afecta a numerosos colectivos sometidos a guardias localizadas y trabajo a llamada, deja sin efecto los criterios que ha venido manteniendo en España el Tribunal Supremo, que sólo reconocía como tiempo de trabajo si la guardia localizada se realizaba en el propio centro de trabajo. Obligará, además, a revisar el Estatuto de los Trabajadores, que sigue considerando como jornada el tiempo en el que los trabajadores y trabajadoras se encuentran en su puesto de trabajo.
Organización y tiempo de trabajo
En nuestra entidad estamos asistiendo a cambios en la organización del trabajo que para algunas personas eran inimaginables hace no mucho tiempo. Somos una empresa cotizada en bolsa, pero no por ello tenemos que copiar metodologías de trabajo de otras entidades con una organización que en nada se parece a la nuestra.







