El único horario legal es el que establece el Convenio Colectivo.
Cualquier modificación del horario de los trabajadores, efectuada de forma unilateral, como en este caso, es ilegal.
En la reunión de la mesa de negociación del Convenio Colectivo celebrada el pasado 25 de marzo, la AEB puso encima de la mesa sus propuestas. Desplegaron una amplia batería de medidas para reducir y recortar los derechos de las trabajadoras y los trabajadores. De este modo, han quedado claras sus intenciones: argumentando una supuesta 'modernización' y 'adaptación a la nueva realidad', en la práctica, lo que pretenden es construir un nuevo marco de relaciones laborales en el que, casi partiendo de cero, se reeditan viejas obsesiones (la movilidad geográfica hasta 50 kms., la eliminación de los cinco días de vacaciones personal de Canarias y otras más) y se proponen otras nuevas:
Cualquier modificación del horario de los trabajadores, efectuada de forma unilateral, como en este caso, es ilegal.
Hoy en el Boletín informativo nº 50 tratamos los temas siguientes:
Hoy, 24 de junio de 2024, ha tenido lugar la segunda reunión de la mesa negociadora del XIX Convenio de Consultoría, Tecnologías de la Información, Estudios de Mercado y de la Opinión Pública.
Las patronales del sector, AEC y ANIMES, nos han trasladado que los incrementos salariales propuestos por la parte social están muy por encima de las pretensiones de la parte empresarial. Estos incrementos solicitados estiman que harían inviable un posible acuerdo.
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