Efectivamente, en uno de los fundamentos de derecho de la sentencia se establece el verdadero nudo gordiano de la cuestión planteada: ?1) La pretendida existencia de un grupo patológico de empresas de carácter laboral; y 2) la falta de justificación de la iliquidez alegada en la carta de despido.? Coincidiendo, de esta manera, con los planteamientos defendidos por CCOO en la negociación del ERE de la Fundación CCM.
Recordamos que el pasado 29 de julio de 2015 la Fundación Caja Castilla-La Mancha inició un expediente de despido colectivo por causas económicas afectando a 18 trabajadores y trabajadoras de sus centros de trabajo de Albacete, Cuenca y Toledo, siendo despedidos por causas objetivas y que desde CCOO los consideramos ilegales por cuanto la Fundación CCM contaba con patrimonio suficiente para mantener tanto la actividad como a los trabajadores.
Por ello, para preservar los intereses de la plantilla, nuestra representación en la mesa de negociación lo rechazó a la vez que denunciamos la gestión realizada por el Patronato de la Fundación y de su Presidente y les responsabilizamos de las extinciones de contrato y de la desaparición de los servicios que la Obra Social y Cultural de CCM, primero, y después la Fundación, ofrecía a la ciudadanía de Castilla-La Mancha.
CCOO también consideramos responsable de los despidos al Grupo Liberbank, el cual sigue declarando beneficios en su cuenta de resultados y también forma parte de la Fundación de la que es la propietaria del 25% a través de Banco CCM.
CCOO-Servicios felicitamos a la Asesoría Jurídica de CCOO Toledo por el buen trabajo jurídico realizado y que ha conducido a que esta sentencia no sólo sea de interés para los tres trabajadores afectados sino también para el conjunto de la plantilla del grupo empresarial.