La Inspección de Trabajo ha comprobado que este colectivo de
trabajadores adscritos al área de telemárketing de la Agencia de
Fontanella de Barcelona de la empresa ASGECA S.A., Agencia de Seguros
de Santa LucÃa, realiza labores de captación de clientes y venta de
seguros por teléfono, dispuestos en mesas con separadores a modo de
cabinas en las dependencias de la empresa.
El citado colectivo tenia formalizado contratos mercantiles como Subagentes de Seguros, incluso tras la entrada en vigor de la Ley 26/2006 de Medicación de seguros y reaseguros privados, que deroga la figura del subagente y que habÃan formalizado contratos en condición de tales
El Acta de la Inspección de Trabajo recoge los hechos comprobados asà como las manifestaciones del representante de la empresa y las de los trabajadores afectados, constatadas durante la visita a la citada oficina, que lleva a reconocer la relación laboral de este colectivo y a su vez obliga a la empresa hacerse cargo de la liquidación de la Bases de cotización por Contingencias Comunes y Contingencias Profesionales de los perÃodos comprendidos desde enero de 2004 hasta agosto de 2007, que corresponde el tiempo de la inspección efectuada.
A partir de esta resolución de la Inspección de Trabajo, la sección sindical de COMFIA-CCOO de ASGECA emplaza a todos los trabajadores de la empresa y en concreto a este colectivo, que se abstenga de formalizar cualquier tipo de contrato paralelo al del laboral, lo que supondrÃa volver al empleo informal y fuera de la ley, sin estabilidad, ni derechos ni beneficios sociales, y en general a un estado de indefensión ante cualquier contingencia laboral.
SECCION SINDICAL COMFIA-CCOO DE ASGECA
El citado colectivo tenia formalizado contratos mercantiles como Subagentes de Seguros, incluso tras la entrada en vigor de la Ley 26/2006 de Medicación de seguros y reaseguros privados, que deroga la figura del subagente y que habÃan formalizado contratos en condición de tales
El Acta de la Inspección de Trabajo recoge los hechos comprobados asà como las manifestaciones del representante de la empresa y las de los trabajadores afectados, constatadas durante la visita a la citada oficina, que lleva a reconocer la relación laboral de este colectivo y a su vez obliga a la empresa hacerse cargo de la liquidación de la Bases de cotización por Contingencias Comunes y Contingencias Profesionales de los perÃodos comprendidos desde enero de 2004 hasta agosto de 2007, que corresponde el tiempo de la inspección efectuada.
A partir de esta resolución de la Inspección de Trabajo, la sección sindical de COMFIA-CCOO de ASGECA emplaza a todos los trabajadores de la empresa y en concreto a este colectivo, que se abstenga de formalizar cualquier tipo de contrato paralelo al del laboral, lo que supondrÃa volver al empleo informal y fuera de la ley, sin estabilidad, ni derechos ni beneficios sociales, y en general a un estado de indefensión ante cualquier contingencia laboral.
SECCION SINDICAL COMFIA-CCOO DE ASGECA