RACE atenta contra el derecho a la reducción de jornada por guarda legal
La sentencia de 28 de septiembre del Juzgado de lo Social número Uno de Elche falla a favor de una trabajadora de Race Asistencia, a la que la empresa aplicó la distribución irregular de la jornada (DIJ), imposibilitando su derecho a la reducción de jornada por guarda legal y a la concreción horaria, establecido en los artículos 37.5 y 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
Propuesta de la Empresa del día 29 de septiembre de 2015
UGT y CSI-F, quienes firmaron el convenio de empresa, siguen creyendo que pueden corregir los errores que cometieron al aceptar que la compañía aplicara la distribución irregular de la jornada a los trabajadores y trabajadoras con concreción horaria. La última propuesta de la compañía pretende, no sólo consolidar esto último, sino incluir nuevas limitaciones al derecho de concreción horaria. CCOO no vemos que la negociación avance.
El grupo empresarial RACE crece ¿Cómo y a qué coste?
CCOO creemos que el virtual crecimiento de la Compañía, no es tal en términos cualitativos y lo es en contra de las condiciones laborales y salariales. La reunión con la Dirección, para darnos los resultados del primer semestre, se lleva a cabo intencionadamente justo antes de las elecciones a la Presidencia y el informe económico que nos presentan no tiene en cuenta el desvío del verano.
Carmelo Sanz, único candidato a presidir el RACE
La gestión de Carmelo Sanz durante los anteriores cuatro años ha consistido en obtener de las empresas mercantiles del grupo los beneficios necesarios para mejorar las instalaciones deportivas del Complejo Social y del circuito del Jarama. Para obtener estos beneficios el Presidente y la Dirección no han tenido ningún reparo en someter a la plantilla a importantes recortes salariales y laborales.
los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente es tiempo de trabajo
declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo
El responsable de UGT en Race-Córdoba hace de la incoherencia su bandera
Desconocemos a que va este señor a la mesa de negociación, o si le dan un bolígrafo y firma a ciegas todo lo que la empresa le pone por medio, pero desde CCOO recomendamos a los trabajadores y trabajadoras de Córdoba que se planteen si esta persona es merecedora de ser un representante de los trabajadores
RACE Asistencia: Razones por las que CCOO no respaldamos la propuesta final de convenio
UGT/CSI-F centran su negociación en proteger los intereses de una parte de la plantilla que tiene unas condiciones determinadas y se olvidan de los problemas del resto de compañeros y compañeras a los que no se les da el mismo valor.