Se introduce también un nuevo plus de idiomas, adicional al ya existe, para aquellos trabajadores que acrediten conocimientos en más de un idioma.
En materia de jornada y libranzas, se amplía y clarifica la forma del disfrute de las licencias retribuidas del artículo 16 del Convenio. Así, el disfrute de las licencias por matrimonio, nacimiento de hijos y fallecimiento se iniciará el primer día laborable siguiente al hecho causante.
En cuanto al disfrute de la licencia retribuida en caso de accidente o enfermedad grave o hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, será a elección del trabajador en días continuados o en días alternos mientras dure el hecho causante y con justificación del mismo.
La consecución del acuerdo para la firma de este convenio ha requerido una larga ronda de reuniones a lo largo de todo el año 2019. Salvo por la tardanza, UGT y CCOO valoran positivamente lo acordado, que se adecúa a las recomendaciones establecidas en el AENC vigente y permite a las trabajadoras y los trabajadores de la Hostelería de Guadalajara recuperar parte del poder adquisitivo perdido durante los años de crisis.