Para las personas a las que aplica el antiguo Convenio de Tecnocom, se limita la percepción del 100% del salario en el caso de estar de baja por incapacidad temporal (baja médica). En concreto, para los casos de bajas de corta duración (hasta 20 dÃas), se complementan actualmente al 100% un cupo de 4 dÃas al año para los 3 primeros dÃas de la baja y, el resto de dÃas de baja, hasta 20, se complementan al 90% (salvo excepciones).
Por otra parte, en el caso de no existir subsidio oficial por enfermedad sólo se complementa al 100% hasta un máximo de dos meses.
Esas limitaciones no existen si la baja es de 21 dÃas o superior, que se complementa hasta el 100% el salario desde el primer dÃa.
Consideramos muy importante que la empresa complemente el salario también en estos casos, para poder avanzar hacia la igualdad real en Indra.
Te seguiremos informando.







