Formación para que los AC's vendan seguros

¿A quién obedecemos?


Dentro de la cascada de cursos que se han puesto en marcha este final de año hay uno que nos tiene desconcertados. El curso para vender seguros que están haciendo los AC´s

Y nos tiene desconcertados porque en el documento Definición de Puestos de Trabajo de la Red de Oficinas Atención Clientes (AC), dice literalmente: "El AC no está facultado para prestar a clientes servicios de asesoramiento sobre productos o información sobre instrumentos financieros, servicios de inversión o servicios auxiliares, debiendo redirigir al equipo comercial de la oficina cualquier solicitud relativa a estos últimos servicios que identifique en su trato con el cliente".

Por otro lado los compañeros AC's, que todavía no han hecho el curso, han recibido un correo del Banco en el que se dice tener "requerimiento expreso del regulador que ha solicitado expresamente a Deutsche Bank que ponga en marcha un plan de acción para asegurar que su red comercial cuenta con una formación suficiente en materia de seguros." Como consecuencia de lo anterior dicen que "Es imprescindible que completes el curso dentro de ese plazo para (i) garantizar que estás en disposición de cumplir con el deber de informar de forma clara y transparente a los clientes antes de la celebración del contrato de seguro y de aclarar cualquier duda que pueda surgir a estos últimos tanto en el proceso de venta como en el posterior mantenimiento del contrato de seguro y (ii) con ello, permitir dar cumplimiento al plan de acción solicitado por la Dirección General de Seguros." Y que "no completar la formación en plazo te impedirá prestar adecuadamente el servicio de comercialización de seguros."

Para mayor desconcierto, el último párrafo del correo dice "El no completar la formación en plazo te impedirá prestar adecuadamente el servicio de comercialización de seguros y podría implicar un riesgo regulatorio para la entidad por incumplimiento del plan de acción convenido con el regulador, por lo que tendrá la consideración de incumplimiento de tus obligaciones contractuales y podría implicar una sanción disciplinaria."

  • ¿Realmente la Dirección General de Seguros ha pedido que los empleados del Banco que tienen prohibido vender u asesorar hagan un curso de venta de seguros?
  • Los señores de Coordinación Normativa y del Centro de Inversiones que firman el correo ¿saben que hay un documento de PCCi España que dice que los AC's no pueden vender?
  • ¿Saben que los operativos, a pesar de trabajar en la Red Comercial, no son comerciales?
  • ¿Por qué amenazan con sanciones disciplinarias a los AC's por incumplimiento de las obligaciones contractuales? Su obligación contractual es precisamente no vender.

Le pedimos al Banco que ponga un poco de orden en las normas a aplicar. Los AC's, como el resto de compañeros, ya tienen bastante trabajo como para sobrecargarles con un curso que no les va a servir para nada.