SECCIÓN SINDICAL - COMUNICADO 1

PLANES DE IGUALDAD - POR UNA IGUALDAD REAL

El 22 de marzo de 2007, se publica en el BOE la ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En sus artículos 45 y 46 podemos leer:

45.1 "Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres [...]"
 
45.2 "En el caso de las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad [...]"
 
46.1 "Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo."
 
Un plan de igualdad debe cubrir todos los aspectos de la vida laboral tales como: Acceso al empleo, selección, tipos de contrato, formación, promoción, salarios y medidas contra la brecha salarial, medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, permisos, protocolos de acoso sexual y por razón de sexo, medidas para víctimas de violencia de género, campañas de prevención de acoso en el entorno laboral, etc.
 
Ni Técnicas Reunidas, ni Initec Plantas Industriales tienen un plan de igualdad firmado ni adaptado a la situación actual de la Empresa. Para conseguir la igualdad real, se requiere un diagnóstico completo de la situación y tomar las medidas concretas necesarias para acabar con las desigualdades existentes. Y sobre todo, se requiere un compromiso firme por parte de la Empresa, que a día de hoy no tenemos.
 
El 8 de marzo reivindicaremos ese compromiso firme por parte de nuestras Empresas para elaborar un plan de igualdad que nos lleve a alcanzar la igualdad real.
 
Pincha en el en el link "PLANES DE IGUALDAD" para ver cartel completo.


SECCIÓN SINDICAL - Comunicado 0

POR TUS DERECHOS, MÓJATE


CCOO

Consell de l'Agrupació de Serveis Tècnics de CCOO Catalunya


CCOO Dia Twins apoya las movilizaciones del 8M '18

La Sección Sindical CCOO Dia Twins se adhiere a la convocatoria de huelga del 8M 2018

CCOO DIA TWINS 8M

Con motivo de la convocatoria realizada por CCOO  de Huelga General de dos horas por turno para el próximo día 08 de marzo de 2018 para  denunciar la desigualdad, la precariedad y las violencias que sufren las mujeres de este país informamos  que la Sección Sindical de CCOO en DIA TWINS  ha acordado apoyar la convocatoria de huelga de dos horas por turno.

Los delegados y delegadas de CCOO realizaremos difusión  reparto de información sindical para dar a conocer al conjunto de la plantilla la convocatoria de huelga y los motivos. 


 


 


Torn matí: de 11,30 h a 13,30 h

8 de Març - VAGA 2h - "ENS PLANTEM!"

>> Gaceta Sindical #8M ha estat "Un clam per la igualtat!"
>> Manifest-Cartell de convocatòria de la vaga laboral del 8 de Març (pdf)
>> Octavetes per a difondre als centres de treball (català i castellà en pdf)
>> Cartell "8 JO FAIG VAGA" (pdf)
>> Comunicat HUELGA 8M/VAGA 8M ¿Te faltan motivos?/Et falten motius?

>> Full d'adhesió de la secció sindical de CCOO a la VAGA
>> Full d'adhesió de comitès i delegades/ts de CCOO a la VAGA
>> Comunicació a l'empresa de la secció sindical sobre les hores sindicals 8 de Març
>> Comunicació a l'empresa dels membres comitès, delegats i delegades 8 de Març

>> CONVOCATÒRIA al REGISTRE de la VAGA LABORAL del 8 DE MARÇ
>> ORDEN Ministerial sobre los servicios esenciales para Catalunya durante la convocatoria de huelga 8M
>> N
OTA informativa del Gabinet Jurídic de CCOO de Catalunya sobre el DESCOMPTE SALARIAL VAGA PARCIAL (CATALÀ) (CASTELLÀ)

>> Galeria fotogràfica Procés "Ens plantem" VAGA 8 de Març de 2018
>> VIDEOS per difondre i més material de CCOO de Catalunya


CCOO considera necesaria una mayor protección legislativa de las trabajadoras embarazadas

Mujer embarazada

CCOO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la legislación española no garantiza suficientemente el despido colectivo de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o se encuentren en periodo de lactancia. Señala, asimismo, que los mínimos establecidos por la Directiva 92/85 no impiden que las legislaciones nacionales puedan garantizar una mayor protección, como ha demandado CCOO.


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