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RECORDATORIOS DIVERSOS

CAIXA SABADELL - COMUNICADO

A continuación os hacemos unos recordatorios sobre diferentes temas laborales importantes.


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·        Cambio de régimen horario Apoderados y Apoderadas

 

Durante este mes de enero, los empleados y empleadas que realizan funciones de apoderamiento pueden solicitar el cambio de adscripción de régimen horario (del general al especial y viceversa), tal como se establece en los apartados 4º, 5º, y 6º del “Pacto sobre jornada y horario de trabajo” del 22 de junio de 2000.

(https://www.ccoo-servicios.es/archivos/2000-06JornadaHorarioyFormacion.pdf) 

 

·        Revisión protocolo de valoración

Próximamente se realizará, a todos los empleados y empleadas, el protocolo de valoración correspondiente al año 2008, efectuado por el superior jerárquico. Sólo recordaros que si no estáis de acuerdo con vuestra valoración, lo podéis comunicar al Comité de Empresa, ya que, tal y como prevé el acuerdo del 29 de octubre de 2004, existe una comisión de seguimiento que analiza las situaciones con discrepancias.

·        Complemento personal nivel VII

Los empleados que promocionan por primera vez al nivel VII tienen un reconocimiento económico de 1.394,64€ (importe correspondiente al año 2008), que se retribuye en concepto de complemento personal, con el régimen y naturaleza jurídica establecidos en el apartado 1.1 del “Acuerdo de promoción y transposición de categorías” del 29 de octubre de 2004. (http:/www.comfia.net/archivos/2004-10PactoPromocion.pdf)

·        Incremento salarial, empleados afectados PDP/ CTT

Los empleados que perciben el Complemento Transitorio de Puesto de Trabajo (CTT), tienen garantizado que su retribución anual fija será incrementada, como mínimo, en el mismo porcentaje que establezca anualmente el Convenio Colectivo para el salario base, según lo establecido en el apartado 1.3 del “Acuerdo de promoción y transposición de categorías”.

Aquellos empleados y empleadas que percibáis este complemento, revisad que vuestro salario anual experimente este incremento una vez se aplique la revisión del IPC del año 2009.

·        Formación por promocionar a los niveles X, VIII y VII

 

Os recordamos que para la promoción profesional a los niveles X, VIII y VII, además de la permanencia temporal exigida para cada nivel y la obtención de la puntuación mínima (3 puntos sobre 5) del protocolo de valoración anual, debe realizarse el plan de formación acordado. En https://www.ccoo-servicios.es/archivos/2004-10PlaFormacioCapacitacio.pdf podéis encontrar esta información o bien hacer la consulta en el departamento de Formación y Desarrollo.  

 

  

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