NO es legal impedir a la plantilla disfrutar sus vacaciones el primer y el último día del mes
CCOO, haciéndose eco de las numerosas quejas de compañeros/as a los que se está presionando para que no disfruten sus vacaciones coincidiendo con el primer y el último día del mes, recuerda que el Convenio Colectivo NO AMPARA ESTA LIMITACIÓN. Para evitar malos entendidos, recordamos de nuevo la normativa:
- Tenemos 25 días laborales anuales a disfrutar entre el 1/1 al 31/12 (SIN EXCEPCIONES).
· La Caja y el empleado podrán convenir la división en dos del periodo de vacaciones.
· La entidad establecerá para cada oficina el cuadro de personal afecto a ellas, cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquel...
Cuidar que los servicios queden cubiertos no es impedir a los trabajadores que disfruten de su periodo vacacional en determinados días. La falta de personal que padecemos, no puede recaer, como siempre, sobre los trabajadores y trabajadoras.
Por ello, hemos solicitado al Dpto. de RRHH que den las instrucciones pertinentes a los responsables de aprobar los cuadros de vacaciones para que cumplan la legalidad vigente y no impida a los trabajadores/as disfrutar de sus derechos.Saber+
Aclaraciones sobre retribuciones publicadas por El País
La Federación de Servicios de CCOO aclara que la información que recoge el diario "El País", se refiere a retribuciones establecidas en su momento por COMFIA CCOO en su sistema salarial y no a sobresueldos como titula el periódico.
Eleccions 11 de febrer de 2015
Et donem les gràcies pel suport que han rebut les nostres candidatures a tots els territoris.
Felicitación Navideña
Bones Festes!












