O Supremo confirma que Paradores vulnerou a liberdade sindical ao ocultar datos salariais

fallo Paradores

Tribunal Supremo desestimou o recurso presentado por Paradores de Turismo de España, confirmando que a empresa pública vulnerou o dereito fundamental á liberdade sindical. A sentenza firme (30/2026, do 15 de xaneiro) dá a razón aos sindicatos CCOO Servicios, UGT e CSIF, sinalando que a compañía ocultou datos clave para a negociación colectiva.

Esta resolución non só obriga a Paradores a facilitar a información económica requirida, senón que fixa unha indemnización por danos morais aos sindicatos demandantes.

Ratificación da sentenza da Audiencia Nacional

O fallo do Supremo ratifica integramente a sentenza previa da Audiencia Nacional (número 56/2024), que xa establecera a obriga da empresa de actuar con transparencia. O conflito orixinouse pola negativa de Paradores a facilitar os datos reais da masa salarial dos exercicios 2021 e 2022.

A información solicitada pola representación legal dos traballadores (RLT) incluía:

  • A masa salarial real, incluíndo a do persoal fóra de convenio.

  • As resolucións do Ministerio de Facenda autorizando os incrementos salariais.

A protección de datos non xustifica a opacidade

Un dos puntos máis relevantes da sentenza para o ámbito das relacións laborais é o rexeitamento dos argumentos da empresa. Paradores tentou ampararse na normativa de protección de datos e no carácter reservado da información para non entregar a documentación.

O Tribunal Supremo foi contundente ao descartar o segredo industrial ou empresarial como escusa, lembrando que a representación sindical está suxeita a un estrito deber de sigilo. O fallo subliña que "o carácter de información reservada non é argumento para negar a entrega da información requirida", xa que estes datos son ferramentas indispensais e exclusivas para o marco da negociación colectiva.

Condena económica e entrega de documentación

A sentenza ten efectos inmediatos tanto económicos como procedementais para a empresa pública:

  1. Indemnización: Paradores deberá aboar 7.501 euros a cada un dos sindicatos demandantes (CCOO, UGT e CSIF).

  2. Custas: A empresa asume o pagamento das custas do recurso, fixadas en 1.500 euros.

  3. Transparencia: Obrígase a entregar a totalidade da información económica e salarial ocultada.

Valoración sindical: "Un freo aos dereitos laborais"

Desde CCOO Servicios, a valoración da resolución é moi positiva. Marcos Gutiérrez Benito, secretario de Política Institucional, destacou a importancia de que o Supremo confirme que unha empresa pública non pode vulnerar dereitos fundamentais ocultando información relevante.

Gutiérrez sinalou ademais o contexto de fondo: "Unha vez máis, esta sentenza pon de manifesto que a actual regulación da masa salarial actúa como un freno aos dereitos das persoas traballadoras".


Ficha técnica da sentenza

  • Tribunal: Sala do Social do Tribunal Supremo.

  • Sentenza: 30/2026 (15 de xaneiro de 2026).

  • Demandantes: CCOO Servicios, UGT e CSIF.

  • Fallo: Desestimación do recurso de Paradores e confirmación de vulneración da liberdade sindical.


Actualización Plus de Experiencia

Desde la Sección sindical de CCOO os recordamos que este año 2026 las personas que estabais dadas de alta en la entidad antes del 31 de Diciembre de 2014 con jornada del 100% (jornada completa), seguiréis cobrando en la nómina de enero de 2026 el máximo de plus de experiencia, es decir, el décimo multiplicador. A continuación, os detallamos en una tabla los importes que os deberían aparecer en el concepto salarial de la nómina de enero denominado PLUS EXPERIENCIA, en función de vuestro grupo y nivel profesional.

Veréis que NO varía (NO se ha incrementado) respecto al que veníais cobrando en la nómina de Diciembre de 2025:


Beneficios 2025 Abanca


Nómina Enero 2026


COMUNICADO 21 NEGOCIACION CONVENIO SECTOR

27.01.2026 - Avances en la negociación del Convenio Sectorial.
Tras la reunión mantenida en el día de hoy, cuando se ha cumplido exactamente un año de negociación, os informamos que hay un acercamiento en la posición de la Patronal de Seguros respecto a la plataforma de negociación de CCOO.


CC.OO. INTERPONE DENUNCIA POR CONFLICTO COLECTIVO ANTE LA SALA DE LO SOCIAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL

INTERPUESTA DENUNCIA POR CONFLICTO COLECTIVO CONTRA RACE

    Estimados compañeros y compañeras 

    Como consecuencia del proceso unilateral que desde el 22 de diciembre la dirección de RACE ha empezado a llevar a cabo con modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, cambios de funciones a otros grupos profesionales, cambios horarios en algunos casos y una interpretación de la DIJ de carácter abusivo para intentar concentrar todas las horas acumuladas en amplios horarios durante el periodo estival, CC.OO. decidió plantear ante la Sala de lo social de la Audiencia Nacional demanda por conflicto colectivo principalmente en lo que respecta al primer proceso referido a la modificación sustancial de condiciones y funciones de trabajo de carácter colectivo.

    Nuestros asesores jurídicos nos indican que la demanda por conflicto colectivo en esta materia ha sido admitida a trámite, fijándose, como fecha prevista del juicio el 18 de marzo ante la sala de lo social de la Audiencia Nacional.

Respecto al tema de la DIJ, sabemos que es una posibilidad o prerrogativa que la ley concede a la empresa para distribuir la carga de trabajo en distintos horarios; lo que no estamos conformes es con la imposición, la falta de acuerdos y consensos sobre la materia, la caótica y desordenada forma en su comunicación y criterios en su distribución, y la posibilidad de incluir la DIJ en días de libranza de determinados grupos de trabajadores o la condensación del 10% legal únicamente en horarios de verano convirtiéndose en jornadas maratonianas que se traducirán, seguramente, en otro verano infernal en el RACE. Debido a esta segunda cuestión y a la situación de bloqueo actual de la negociación colectiva del nuevo convenio y las lamentables condiciones de trabajo y salud laboral, nos vemos obligados a dar cumplimiento al mandato que todos vosotros y vosotras habéis manifestado y votado ampliamente en las Asambleas consultivas de trabajadores celebradas en Córdoba y Tres Cantos los pasados 22 y 26 del pasado diciembre donde por 244 votos a favor y 10 en contra se decidieron paros de actividad. En este sentido indicar que nuestro servicio jurídico ya está elaborando los permisos y documentación necesaria para poder llevar a cabo paros de actividad a lo largo de la primera quincena de febrero.

    En los próximos días y tras la concesión oportuna por parte del SIMA y del Ministerio de trabajo esperamos dar ya a conocer el calendario definitivo de las movilizaciones y los paros.

    Seguiremos informando

race.ccoo@gmail.com
https://www.ccoo-servicios.es/raceasistencia/


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El acuerdo de Registro de Jornada establece que la empresa debía iniciar el año implantando los sistema de registro digital con garantías para la plantilla. La dirección de Supersol alega ahora que un problema de presupuestos le condiciona a cumplir con la fecha acordada y que se dilatará unos meses.Valora cambiar el sistema digital inicial por otro de menor coste desde CCOO hemos exigido que cumpla con las garantías pactadas.


¿Qué estamos negociando en Supersol en materia de horarios?

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En CCOO defendemos el derecho a conciliar y descansar dos días en Supersol.


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