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El Tribunal Supremo anula el recorte del complemento de IT aplicado por Ibermutuamur


Imagen médico. Baja por enfermedad, IT

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Ibermutuamur contra la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 22 de marzo de 2016 que consideraba NULA la decisión empresarial de no complementar la prestación de incapacidad temporal hasta el 100% del salario fijo, confirmando las tesis defendidas por CCOO.


Ibermutuamur, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274 decidió dejar de complementar la prestación de Incapacidad Temporal de su plantilla y aplicar, desde el 1º de Enero de 2016, los criterios que establecía el RDL 20/2012 para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

A pesar de que, desde CCOO, instamos en repetidas ocasiones a la Dirección de RRHH de la Mutua para que reconsiderara su decisión, ofreciendo nuestra colaboración para buscar alternativas, la Mutua no respondió favorablemente, ejecutando la restricción anunciada y poniendo en riesgo a todo el sector, por lo que CCOO junto a UGT interpusimos demanda de conflicto colectivo solicitando que se declarara nula esta medida.

El 22 de marzo de 2016, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional emite una sentencia en la que acoge de forma íntegra y favorable los argumentos esgrimidos por las organizaciones sindicales, declarando NULA la decisión empresarial por no estar ajustada a derecho y en base a las siguientes conclusiones:

1.- La restricción del complemento de IT prevista en el RDL 20/2012 es aplicable exclusivamente a las Administraciones Públicas y a los Órganos Constitucionales.

2.- Las Mutuas están integradas en el Sector Público Estatal de carácter administrativo que es distinto de la Administración General del Estado.

3.- El abono del complemento de IT a la plantilla de Ibermutuamur no representa incremento de masa salarial o retributivo con respecto a ejercicios anteriores y, por tanto, es compatible con lo previsto en la Lay 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2012.

Celebramos este pronunciamiento del Tribunal Supremo, que vuelve a situar las cosas en el lugar del que nunca debieron salir y obliga a Ibermutuamur a abonar el complemento de IT a las personas que hayan estado de baja desde el 1 de Enero de 2016, a la vez que nos preguntamos si alguien en Ibermutuamur asumirá la responsabilidad de semejante despropósito, que ha puesto a las plantillas de todo el sector en un riesgo innecesario.

La fuerza del sindicato para la negociación colectiva depende del apoyo y la confianza que trabajadores y trabajadoras del sector demuestran mediante su afiliación


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