Registros de la Propiedad: Contrapropuesta de Comfia CCOO


Apuntamos de una parte, que, aunque éramos plenamente conscientes de la actual situación de crisis económica coyuntural por la que estaba atravesando el sector, ésta no podía ser utilizada ni como excusa, ni como criterio fundamental para abordar la negociación

Nuevamente nos volvimos a reunir los miembros de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo, el pasado viernes, 27 de febrero.

El objetivo fundamental de dicha reunión era valorar la propuesta en materia retributiva, que, a modo de ultimátum, nos había ofrecido la patronal.

Ni que decir tiene, que todos los sindicatos allí presentes (UGT, CIG, SRC, SIOYA y COMFIA-CCOO), ratificamos la valoración inicial de INSUFICIENTE a todos los efectos, pero con la diferencia que desde COMFIA-CCOO abogamos por dejar abierta la vía de la negociación presentando a dicho efecto la contrapropuesta que a continuación os pasamos a detallar.

En este sentido, apuntamos de una parte, que, aunque éramos plenamente conscientes de la actual situación de crisis económica coyuntural por la que estaba atravesando el sector, ésta no podía ser utilizada ni como excusa, ni como criterio fundamental para abordar la negociación, máxime cuando estábamos hablando de un futuro texto convencional de una duración de cinco años, según lo ya preacordado en las primeras sesiones, y de otra, esgrimimos que no era el momento de enrocarse en posiciones irreconciliables ni tampoco de levantarse de la mesa, sino de aunar esfuerzos y dinamizar la negociación.

Así pues, y atendiendo a que en la propuesta de la patronal se habían obviado los salarios del resto del personal administrativo fuera de las actuales categorías, lo que desacertadamente se denomina en el sector como “personal contratado”, expusimos que era intención de la Federación de Servicios Administrativos y Financieros de Comisiones Obreras que ningún salario estuviera por debajo de los 1.000 € mensuales y, en consecuencia, empezamos a construir nuestra proposición en base a dicha línea argumental, de tal forma que revindicamos que la retribución mínima anual de ese personal administrativo representase al menos los 14.000 € anuales por trabajador o trabajadora.

Esto implica un aumento, respecto de los salarios del primer convenio colectivo, del 60,25% y de un casi 44% , en relación a la propuesta de la patronal.En esta misma línea proyectamos ese incremento del 44% sobre los salarios propuestos por la APR para las distintas categorías con el siguiente resultado:


CATEGORÍA

INGRESOS ANUALES

SALARIO MENSUAL

Oficial

27.475,20 €

1.962,51 X 14 pagas

Auxiliar 1ª

23.566,98 €

1.683,35 X 14 pagas

Auxiliar 2ª

19.747,06 €

1.410,50 X 14 pagas

Resto personal administrativo

14.000 €

1.000 X 14 pagas

 

Del mismo modo reivindicamos los siguientes complementos salariales:

1º. ANTIGÜEDAD, retribuida por cada trienio cumplido y que se abonaría a razón del TRES ENTEROS POR CIENTO (3%) mínimo del salario base por cada trienio cumplido.

Por otro lado, si se terminase aceptando el 35% ofertado por la patronal para retribuir al personal en participación, donde todavía habría que concretar que gastos son o no son imputables al Registrador, se propuso repartir dicho porcentaje en base a los siguientes criterios:

2º. COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD, estimado en un CINCO ENTEROS POR CIENTO (5%) de los ingresos líquidos del Registrador, de carácter UNIVERSAL y LINEAL, es decir, a repartir entre todos los empleados y empleadas de los Registros a partes iguales (lo que supondría un 14,28571429 % por ciento de la participación total a repartir).

3º. COMPLEMENTO POR CATEGORIA Y EXPERIENCIA, estimado en un VEINTICINCO ENTEROS POR CIENTO (25%) de los ingresos líquidos del Registrador, a repartir entre todas las categorías (Oficial, Auxiliar 1ª y Auxiliar 2ª), en base a fórmulas matemáticas bien definidas que primen categoría profesional y experiencia (lo que supondría un 71,42857143 por ciento de la total participación a distribuir).

4º. COMPLEMENTO o INCENTIVO PERSONAL por calidad o cantidad en el trabajo, estimado en un CINCO ENTEROS POR CIENTO (5%) de los ingresos líquidos del Registrador, a repartir según el criterio del titular de cada Oficina (lo que supondría el restante 14,28571429 % por ciento de la total participación a repartir).

Además se planteó que los salarios bases fueran objeto de revisión anual, a través de cláusulas automáticas y para los casos de que existiesen excesos retributivos derivados de la aplicación al personal administrativo fuera de categoría, de salarios superiores a los mínimos antes consignados, se formuló que éste exceso fuese íntegramente asumido por cada Registrador.

En otro orden de cosas y en relación a las próximas pruebas de promoción y ascenso de categoría,se consiguió el compromiso que, en el más breve plazo posible, se comunicaría al personal, a través de la pertinente circular que emitiese la comisión “ad hoc” creada al efecto, las características del examen teórico tipo test sobre todo respecto al número de preguntas y fallos permitidos en el mismo.

Por último comentaros, que, tras las celebración de las primeras asambleas en las provincias de Barcelona, Málaga y Sevilla, es intención de esta Organización Sindical seguir convocando asambleas informativas en otras provincias, de las que se os dará puntual información para que podáis acudir y participar en ellas.

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Como viene siendo habitual.......



¡¡¡ SEGUIREMOS INFORMANDO !!!.



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