Convenio Colectivo de Comercio General de la Región de Murcia


dependiente en el mostrador de un comercio atendiendo en el mostrador

Publicado en Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) del 20/04/2024 el texto del Convenio Colectivo de Comercio General de la Región Murcia, que tendrá una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.


Este artículo se publicó originalmente en MURCIA (Federación de Murcia Servicios CCOO) , Comercio (Sector del Comercio) ,

El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BORM., sin perjuicio de que las condiciones retributivas se apliquen con efecto retroactivo desde el 1-1-2022. Su vigencia será de tres años, del 1-1-2022 al 31-12-2024.

La publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, es el último paso para que sean efectivas las medidas sociales que se firmaron el día 29 de enero de 2024 gracias a la negociación de CCOO Servicios.

A partir de este momento, las más de 35.000 personas trabajadoras de este sector en nuestra Región, disfrutarán de las siguientes mejoras en sus condiciones laborales:

  • Reducción de la jornada anual a 1.797 horas
  • Mejoras en la forma de ascenso de las categorías profesionales más utilizadas
  • Descanso de 30 minutos en jornadas iguales o superiores a seis horas, considerados como TIEMPO DE TRABAJO EFECTIVO
  • Libranza de 12 fines de semana completos  anuales
  • Licencias retribuidas con especial incidencia, en el acompañamiento a consulta médica de menores de 18 años, por el tiempo necesario 
  • Reducción de jornada para atención de menores hasta los 16 años de edad.
  • Además, se incorporan las cantidades a abonar en caso de trabajo en domingos, festivos, horario nocturno o cualquier combinación de estas circunstancias, sin regulación expresa hasta ahora.

Los atrasos correspondientes al incremento de los conceptos económicos de las anualidades de 2022 y 2023 debieron ser abonados según el plazo fijado en la publicación de las tablas salariales, realizadas en el BORM de 15-02-2023, y de 31-03-2023. Los correspondientes al incremento salarial para 2024 deberán ser abonados dentro de los 6 meses siguientes a la publicación en el BORM. de este convenio.


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