Finalmente no ha sido necesario celebrar el juicio ya que se ha alcanzado acuerdo (a propuesta de CCOO-Tragsatec) en el acto de conciliación previo (podéis leer a continuación de este comunicado los términos del acuerdo alcanzado) que en resumen consiste en:
La trabajadora o trabajador que se reduzca la jornada por cuidado de menor o asuntos familiares puede elegir de manera voluntaria entre:
- Acogerse al principio de flexibilidad que existe en Tragsatec de manera proporcional a la reducción solicitada. Ejemplo: Si el personal que trabaja a jornada completa tiene que respetar un tronco obligatorio de 9:30 a 13:45 (4 horas y 15 minutos) y luego puede elegir libremente su horario hasta completar la jornada pudiendo además acumular de una semana para otra hasta un máximo de 5 horas, alguien que tenga una reducción de 1/8 (12,5%) tendrá un tronco obligatorio y podrá pasar horas de una semana a otra, ambos de forma proporcional a la reducción.
- Concretar su horario de trabajo dentro de una jornada de 8:00 a 19:00. En este caso no se aplicarÃa el principio de flexibilidad que hay en la empresa pero se puede establecer el horario que se quiera dentro de la jornada de 8:00 a 19:00 (con una cortesÃa de 15 minutos a la entrada y a la salida) sin necesidad de cumplir ningún tronco obligatorio.
Desde CCOO-Tragsatec valoramos positivamente el acuerdo alcanzado y el desenlace final de este asunto, aunque consideramos que no hubiera sido necesario abrir el conflicto si la empresa hubiera tenido un verdadero espÃritu de diálogo con la Representación Legal de los Trabajadores.
Confiamos en que este sea un primer paso para un mayor entendimiento entre las partes y que la Dirección de Empresa de un giro de 180º en su relación con las trabajadoras y trabajadores de Tragsatec.
Seguiremos informando.