El personal de oficina en horario de mañana trabajará una tarde a la semana de lunes a viernes de 16 a 19 horas de forma rotativa, y a cambio se percibirá compensación económica, vale de comida (o importe equivalente) y disfrute de descanso del total de horas mensuales al mes siguiente en horario de mañana (cada trabajador/a que lo solicite tendrá derecho a un dÃa completo, más las horas restantes hasta completar las horas trabajadas de más el mes anterior). Esta distribución irregular está previsto que comience a aplicarse en el mes de MARZO.
- - Para el personal de oficina con jornada partida, se podrá optar por la compensación económica en nómina del importe equivalente al vale de comida.
- - Se unifica el tiempo de descanso en 30 minutos para todo el personal de oficina.
- - Agentes de disponibilidad: A petición del trabajador/a, se podrá acordar con la empresa un tiempo de descanso semanal distinto a sábados por la tarde y domingos. A efectos de vacaciones, el medio dÃa de descanso en la jornada semanal computará sólo como medio dÃa de vacaciones.
- - Horas extraordinarias: Si se compensan con tiempo de descanso, será en proporción 1 hora extra=1 hora y cuarto de descanso.
- - Vacaciones: La empresa requiere unos porcentajes mÃnimos de personal trabajando por áreas según la época del año. Como contrapartida, tendremos 1 dÃa más de vacaciones al año (total 24 dÃas de vacaciones + 2 de libre disposición), la empresa garantizará el disfrute de 21 dÃas naturales consecutivos de vacaciones en julio y agosto.
- - Se consolidan como festivos el dÃa 24 y 31 de diciembre para el personal de oficina: es algo que ya se hacÃa, motivado por el cierre de la Central de Santalucia esos dÃas. Esto supondrá el ajuste de la hora de entrada en los calendarios anuales los años que caigan estas fechas entre semana.
- - Permisos retribuidos: Para los permisos por fallecimiento, hospitalización o intervención quirúrgica, empezarán a contar al dÃa siguiente si el hecho ocurre una vez finalizada la jornada laboral del trabajador/a.
- - Jubilaciones: Compromiso de la empresa a estudiar y contestar las solicitudes de los trabajadores a este respecto.
- - Complementos: El de Disponibilidad pasa a ser de 100 euros mensuales, el de Turnicidad a 85 euros mensuales, el de festivos especiales y el de noches en festivos especiales pasan a ser de 50 euros por jornada cada uno. El complemento de experiencia comenzará a devengarse a partir del 2º año de permanencia en la empresa.
- - Revisión salarial: Aumento del 1% para cada año de vigencia del convenio. Además, el aumento salarial se revisará al alza cada 2 años en función del IPC interanual.
- - Incentivo por no absentismo: +0,5% sobre los conceptos en cómputo anual de Salario Base, CPE, CPR y CPNR que se abonará en función del no-absentismo anual de cada trabajador/a.
- - Seguro de Vida: Se incrementa el capital a 20.000 euros y 40.000 euros si es por accidente.
- - Premio de jubilación: En los casos de jubilación parcial con contrato de relevo, para el cálculo del premio se tomará la mensualidad cobrada por el trabajador el último mes en activo a antes de pasar a la jubilación parcial.
En el mes de marzo, la empresa actualizará los conceptos salariales según las tablas de 2017, de forma que las nóminas del mes ya reflejarán los importes actualizados y abonará los atrasos de los meses de enero y febrero del 2017.
Desde UGT y CC.OO. valoramos positivamente el II Convenio que tiene la voluntad de dotar de estabilidad las relaciones laborales de la plantilla de Iris para los próximos 4 años.
Además queremos destacar que, tras unas duras negociaciones, hemos conseguido mantener condiciones que ya venÃamos disfrutando, como son el Complemento por Incapacidad Temporal, la ultra-actividad de nuestro convenio y la cláusula de revisión salarial del Convenio de Mediación para el caso en que no se firmara convenio una vez caducado.
El Convenio será registrado en los próximos dÃas, en cuanto salga publicado en el BOE os informaremos para vuestra constancia.
También en breve se constituirá la Comisión Mixta de Interpretación, Vigilancia y Seguimiento del Convenio, cuyo primer cometido será acordar un protocolo de aplicación para la distribución irregular de la jornada del personal de oficina de horario de mañana. Esta Comisión será la encargada durante estos 4 años de interpretar el Convenio y vigilar su correcta aplicación, asà como ejercer de mediador en el caso de conflicto sobre la aplicación del Convenio.
¡¡TU APOYO ES LA FUERZA DE LAS NEGOCIACIONES!!