En la Audiencia Nacional
Acuerdo de Sitel Ibérica sobre pago de pluses en la paga de vacaciones
La empresa reconoce el derecho de los Trabajadores al percibo del valor promedio del complemento salarial por festivos y domingos, plus de idiomas y plus de nocturnidad en la paga de vacaciones
En Abril de 2007, esta Sección Sindical de Comfia-CC.OO. (SITEL) os informó
que nos habíamos visto en la obligación de interponer ante el SIMA
(Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje), Conflicto
Colectivo sobre los complementos de domingos, festivos, plus de idiomas
y nocturnidad en la retribución de vacaciones, ya que no habíamos
podido alcanzar acuerdo posible con la empresa para su abono.
El pasado 18 de octubre teníamos cita con la Audiencia Nacional y fue aquí, antes de entrar a la Sala, donde llegamos a un acuerdo judicial al respecto que dice: La empresa reconoce el derecho de los Trabajadores al percibo del valor promedio del complemento salarial por festivos y domingos, plus de idiomas y plus de nocturnidad en la paga de vacaciones.
¿Qué quiere decir? Que cada vez que un trabajador se marche de
vacaciones tendrá que aparecer en su nómina un concepto donde abonen
este promedio.
¿Cómo se calcula este promedio?
De acuerdo con los servicios Jurídicos de Comfia-CC.OO. para realizar
el cálculo, se sumaran las percepciones de los pluses percibidos de los
conceptos antes citados los 12 meses anteriores a la fecha de inicio de
vacaciones, dividiendo dicha suma entre 12 meses y esta cantidad se
dividirá entre 30 días, cuyo importe resultante se multiplicará por los
días de vacaciones en ese mes, siendo el resultante la cantidad a
percibir en ese periodo de vacaciones.
Ejemplo práctico: Un trabajador
con categoría de teleoperador y 39 horas semanales solicita
vacaciones del 1 al 10 de Mayo de 2007, tendría que sumar todos los
importes que haya percibido desde el 30 de abril de 2007 al 31 de mayo
de 2006 (Pluses de domingos, festivos etc..) y:
- Ha trabajado 4 y 25 junio, 9 de julio, 20 de agosto, 8 de octubre de 2006, 21 de enero y 11 de marzo de 2007 todos ellos domingos (Recargos domingos: 10,69 euros por domingo 2006 / 10,76 euros por domingo 2007) que suman un importe de 74,97 euros. -7 domingos-
- Trabajó el 15 de agosto y 8 de diciembre de 2006 que son festivos y suman 62,04 euros, (recargo por festivo trabajado 31,02 euros 2006). - 2 festivos-
- Su trabajo fue de idiomas desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre 2006 (95,41 euros Recargo mensual idiomas 2006 ) -7 meses- y desde enero a mayo 2007 -5 meses- (96,05 euros Recargo mensual idiomas 2007). 1148,12 euros
- En los meses de septiembre 2006 y marzo 2007 fue en horario nocturno (11,44 euros 2006 / 11,52 euros 2007 recargo referido a 8 horas). -2 meses-. 22,96 euros
El importe que resulte de la suma de todos los conceptos ( 74,97 euros de 7 domingos + 62,04 euros de 2 festivos + 1148,12 euros por 12 meses de trabajo en idiomas + 22.96 euros de 2 meses de trabajo nocturno) 1.307,97 euros se dividirá entre 12 meses y esta cantidad se divide entre 30 días y la cantidad que resulte se multiplicara por los 10 días de vacaciones que ha disfrutado. (1.307,97/12 = 108,99 - 108,99/30 = 3,63 3,63*10 = 36,33 euros) .
La cantidad que percibiría sería de 36,33 euros. Si hubiera disfrutado
32 días de vacaciones, en lugar de 10, el importe a percibir sería de
116,16 euros.
Ponemos a disposición de todos/as los trabajadores/as una carta de
reclamación tipo en los locales de las secciones sindicales para que
solicitéis lo adeudado a la empresa.. Recordaros que podemos reclamar
lo correspondiente al año 2006 y 2007. Si tenéis cualquier duda al
respecto poneros en contacto con vuestros delegados/as en los centros
de trabajo.
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