TE INTERESA

Retribuciones: te interesa

El papel de la negociación colectiva en la determinación de las retribuciones es de vital importancia.


Intervención de los representantes de CCOO en la Asamblea de la BBK.


Carta de José Maria Martínez Secretario General Comfia CCOO

Hoy en día, con la crisis como excusa, el modelo de negociación colectiva se ve atacado por intereses que quieren presentarlo como un lastre para la recuperación económica, de tal forma que parece que es parte del problema cuando la historia demuestra que siempre ha sido parte de la solución.


Article d’opinió

UNA VAGA NECESSÀRIA

Article d’opinió del nostre company Vicent Guerola, responsable d’ocupació de CCOO de les Comarques Centrals, enviat als mitjans de comunicació el 23 de setembre


Participa en la huelga general del día 29

Esta reforma laboral nos afecta a todos y todas

24-09-10 Las secciones sindicales de CCOO, UGT, CSC y CGT del Grupo Banco Sabadell os convocamos a participar en la huelga general del próximo 29 de septiembre (la Asociación de Cuadros ha decidido no apoyar esta convocatoria en lo que parece importarle poco las repercusiones negativas de la reforma laboral)

 


9ª Reunión Mesa de Fusión

Primer Borrador "Acuerdo Laboral"

Hoy la representación empresarial nos hizo entrega a todos los sindicatos presentes en la mesa laboral de su propuesta de redactado de “las líneas básicas” presentadas en la reunión de la semana pasada.


PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA HUELGA GENERAL DEL 29-S

Yo voy… pero ¿cómo?

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en el artículo 28.2 de nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad atrabajar. A continuación os aclaramos algunas cuestiones relacionadas con los derechos que nos asisten el día de huelga.  LEER MÁS


Preguntas más frecuentes sobre la huelga general del 29-S

Yo voy… pero ¿cómo?

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en el artículo 28.2 de nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad atrabajar. A continuación os aclaramos algunas cuestiones relacionadas con los derechos que nos asisten el día de huelga.  LEER MÁS


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