La empresa inicia un ERE

Hemos recibido la comunicación formal por parte de la empresa para el inicio de un ERE cuyo texto íntegro os reproducimos al final de este comunicado.

Según se indica en el mismo, hemos sido convocados para el inicio de las negociaciones previas que marca el Convenio Colectivo el próximo lunes en Madrid. En esa reunión se supone que la empresa debe explicarnos cuáles son sus intenciones y justificarnos los motivos por los que inicia todo esto.

Os iremos informando con detalle de todo cuanto ocurra según vayamos teniendo noticias reales y concretas (no rumores) sobre lo que está ocurriendo y de sus implicaciones.

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Muy Sres. nuestros:

Por medio del presente escrito les comunicamos de manera fehaciente la intención de la empresa de iniciar el procedimiento de despido colectivo previsto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, procedimiento que afectará potencialmente a la totalidad de los centros de trabajo del Banco, de reducción de jornada al amparo del artículo 47 ET,  así como de Movilidad Geográfica prevista en el art. 40 del ET como medida complementaria que permite mantener un mayor volumen de empleo.

Previamente, y de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda del Convenio Colectivo de Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, la empresa abrirá un proceso de negociación previo y limitado en el tiempo,  para buscar fórmulas que permitan minimizar el impacto en el volumen de empleo, por lo que se convoca a las Secciones Sindicales constituidas en la empresa para la celebración de una reunión el próximo día 5 de junio de 2017, a las 11,30 horas, en la sede de CECA, c/ Caballero de Gracia, 28.

Sin perjuicio del desarrollo del citado proceso y de las consecuencias que del mismo pudieran derivarse, con el objeto de determinar los interlocutores ante la Dirección de la empresa en el mencionado procedimiento de despido colectivo, se impone la obligación, al amparo de lo establecido en el artículo 41.4 del Estatuto de los Trabajadores, de que la comisión representativa, con un máximo de trece miembros, quede constituida con carácter previo a la comunicación empresarial de apertura del periodo de consultas, en un plazo máximo de quince días desde la fecha de la presente notificación.

Por tanto, le instamos a que nos comunique, dentro del plazo indicado legalmente, si, con carácter prioritario, según dispone el artículo 41.4 ET, las Secciones Sindicales acuerdan intervenir en dicho proceso como interlocutores ante la Dirección de la empresa en el procedimiento de consultas, siempre que tengan la representación mayoritaria en los comités de empresa y/o entre los delegados de personal de los centros de trabajo afectados, en cuyo caso representarán a todos los trabajadores de los centros afectados, o bien en su defecto la citada comisión quedará compuesta por la representación unitaria de los centros afectados y por una representación ad hoc en los centros sin representación. En caso de asumir la interlocución les requerimos para que comuniquen el número y  composición de la citada comisión representativa que intervendrá en la negociación del periodo de consultas en el indicado plazo máximo de quince días desde la presente notificación. 

Por todo lo anterior, les ruego que comuniquen su decisión a la empresa a la mayor brevedad, para convocar, caso de no atribuirse la interlocución las Secciones Sindicales,  en los términos previstos legalmente.


Atentamente, 


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