SECCION SINDICAL MADRID

Comunicación a la empresa

Los miembros del Comité de Empresa y delegados sindicales de COMFIA-CCOO en Madrid de UNISONO hemos enviado a la empresa la siguiente carta personalizada:


Derecho a la Huelga

No tenemos obligación de preavisar si haremos huelga.

No hay servicios mínimos impuestos por la empresa.


Derecho a la Huelga

 

No tenemos obligación de preavisar si haremos huelga.

No hay servicios mínimos impuestos por la empresa.

 


5 de Septiembre de 2010

Boletín La Sección 26


Te interesa Nº 21

ACLARACION DE LA NOMINA DE AGOSTO

Como ya informamos el pasado mes de Agosto, tras más de un año de pleitear por la aplicación de la cláusula de revisión salarial del 2009 pactada en Convenio Colectivo, el Tribunal Supremo dio la razón a COMFIA-CCOO, ratificando la sentencia dictada por la Audiencia Nacional. LEER MÁS


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Mejoran los préstamos y se aclaran las retribuciones

Tras la reunión de la comisión de seguimiento del ALF de la pasada semana y frutode diversas gestiones realizadas por CCOO, se han aclarado algunos puntos relacionados con la aplicación de préstamos y con las retribuciones.  LEER MÁS


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Condiciones de trabajo y beneficios sociales vigentes en Unicaja

Resumimos en este boletín tus condiciones de trabajo que nacen del Convenio Colectivo firmado por CCOO y CSICA, acuerdos internos de Unicaja y Caja de Jaén y ALF de Unicaja y Caja de Jaén firmado el 18-12-2009.


Convenio Colectivo comisiones Obreras de Cantabria 2008-2011

Regulara las condiciones de trabajo entre LA UNION REGIONAL DE COMISIONES OBRERAS DE CANTABRIA y los trabajadores que presten sus servicios por cuenta ajena para el Sindicato.


Convenio Colectivo para el personal de la Confederación Sindical de CC.OO. de Andalucía

El presente acuerdo regulará las relaciones de trabajo entre CC.OO. de Andalucía y los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de la organización y dirección de ésta, así como a todo trabajador o trabajadora que pase a formar parte del personal con posterioridad a la firma del presente acuerdo.