Hace unos dÃas nos hacÃamos eco de la firma de un acuerdo sobre conciliación de la vida laboral y familiar en la Caja de Manresa, entre la Sección Sindical de Comisiones Obreras y la Dirección, y calificábamos a esta última como una Dirección “normal”, en el sentido de ser capaz de enfrentarse a los retos que se le planteaban desde CCOO. con una actitud de diálogo constructivo. Pero también decÃamos que esto habÃa sido posible gracias a la tarea, llevada a cabo durante mucho tiempo y con mucho esfuerzo de Comisiones Obreras, fuerza mayoritaria en aquella Caja, que no ha cejado en su empeño de conseguir mejoras para todos los trabajadores y trabajadoras.
En Caja de Manlleu, donde, qué casualidad, Comisiones Obreras cuenta con la mayorÃa del Comité. también han conseguido un acuerdo similar al de Caja Manresa.
AquÃ, en Caixa Laietana, las cosas funcionan de otra manera. Las mejoras no vienen, de momento, por la firma de pactos y/o acuerdos mayoritariamente, sino por las reclamaciones (con demandas incluidas) de la Secció Sindical de CCOO, gracias a las cuales hemos conseguido, entre otras, la aplicación correcta de la antigüedad, la regularización de las aportaciones de los planes de pensiones, y ahora, después de la sentencia favorable del Tribunal Supremo, a instancias de una demanda presentada contra la Caja por la incorrecta aplicación del Convenio, llevada ante los tribunales por la Sección Sindical de CCOO, al abono de la paga de beneficios no cobrada en su momento por un importante colectivo de trabajadores y trabajadoras.
Ante éste y otros hechos similares sobre acuerdos, capacidades de negociación y Direcciones, tendrÃamos que reflexionar mucho sobre qué clase de Dirección tenemos (aquà evidentemente no muy buena) qué nos da, qué nos pide y cual deberÃa ser nuestra actitud a cambio y, sobre todo, tomar nota de lo que pasa en Cajas similares (en cuanto a volumen) a la nuestra donde Comisiones Obreras tiene mayorÃas cualificadas.
Siempre hemos dicho que en nuestra Entidad la Dirección nos pone las cosas muy difÃciles pero no hay nada imposible. Se tiene que trabajar y luchar para conseguir lograr resultados satisfactorios, y no es fácil, pero no dudéis que si a una Dirección dura como la nuestra se le enfrenta un Sindicato como CCOO con la suficiente mayorÃa, se pueden conseguir muchas más cosas en el futuro. Pensad en ello.
Os añadimos el acuerdo de Caixa de Manlleu..
Mataró, 18 de octubre de 2005
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ACUERDO CONCILIACIÓN VIDA LABORAL Y FAMILIAR de
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Convenio colectivo 2003-2006 |
Acuerdo conciliación: 6.10.2005 |
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FLEXIBILIDAD HORARIA |
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Posibilidad de pedirr ½ hora de flexibilidad horaria al inicio de la jornada de trabajo. |
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PERMISO RETRIBUIDO POR NAC. DE HIJOS, ENFERMEDAD GRAVE O DEFUNCIÓN. |
Permisos retribuidos en caso de nacimiento de hijos o enfermedad grave o muerte de parientes hasta elsegundo grado de consaguinidad o afinidad:2 dias, 4 si hay desplazamiento. |
Permisos retribuidos: se añade la adopción. En los casos de nacimiento o adopción se garantiza como mÃnimo un dia hábil de permiso En los casos de enfermedad grave los 2 dÃas se podrán realizar duarante los 7 dÃas posteriores al inicio del hecho causante. |
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REDUCCIÓN DE JORNADA |
Se podrá solicitar, para cuidar de hijos menores de 6 años o disminuidos psÃquicos o fÃsicos. La reducción de la jornada deberá ser como mÃnimo de un tercio.. |
Se suprimen los lÃmites mÃnimos (una hora diaria y un periodo de 1 año) que establece el artÃculo 38.1 g del Convenio Colectivo. |
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MUJER EMBARAZADA |
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Atender, cuando sea posible, peticiones de traslado a centro próximo al domicilio, durante el embarazo y 9 meses posteriores al parto. No traslado a un centro que comporte un cambio de domicilio, excepto que haya mutuo acuerdo duarante el embarazo y los 9 meses posteriores al parto. |
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VACACIONES |
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Si el permiso por maternidad , adopción o acogida y el de lactancia (acumulado), junto con las vacaciones pendientes de disfrutar, coincide con un cambio de año, las vacaciones se podrán disfrutar inmediatamente despuñes del permiso correspondiente. |
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VIOLENCIA DE GÉNERO |
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Las personas que sean vÃctimas de violencia de género disfrutaran de los derechos previstos en la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de "Medidas de protección integral contra la violencia de género. En estos casos se podrán flexibilizar los criterios de concesión de préstamos o adelantos al personal para atender situaciones de necesidad. |
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FORMACIÓN |
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Se facilitará la participación de los empleados y empleadas que estén de excedencia por motivos familiares, en cursos de formación adecuados para su reciclaje profesional preferentemente durante el último trimestre de excedencia para facilitar su reincorporación. |







