- Para aquellas personas que seran presidentes/tas, vocales o
interventores/ras de una mesa electoral “tendran una reducción de jornada de 5 horas al dia inmediatamente posterior” o sea el lunes.
- Para aquellas personas que trabajen el domingo, tienen un permÃso retribuido de 4 horas para poder realizar su derecho a voto.
Esta información está recogida en los articulos 28 y 78 de la Ley
Orgánica 5/85.
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