Nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre permisos retribuidos

Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo NOS HA DADO LA RAZÓN y ha declarado que los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de hijos/as, hospitalización de familiares (regulados en artículo 37 del ET), deben empezar siempre en el primer día laborable para la persona solicitante, después del hecho que lo justifica; es decir, el primer día que en su horario o cuadrante indique que tiene que trabajar.


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Circular CCOO en Grupo Banco Popular
Marzo 2018

Aniversario de la Ley de Igualdad

Un día como hoy, hace 11 años nacía esta ley para corregir la desigualdad en el ámbito específico de las Relaciones Laborales. Mediante una serie de previsiones, se reconoce el derecho a la Conciliación de la Personal, Familiar y Laboral, fomentando una mayor Corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de obligaciones familiares, criterios inspiradores de toda la norma que encuentran aquí su concreción más significativa. 


Curso de seguros en Kutxabank: esta vez se han colado.


¿Te han calculado bien el variable en Kutxabank?


a partir del 24 de Marzo

CCOO apoya la convocatoria de huelga indefinida de los trabajadores de la hostelería del aeropuerto de El Prat de Barcelona

Aeropuerto Barcelona

CCOO de Servicios apoya la huelga convocada por UGT y COO con el apoyo unánime de las trabajadoras y trabajadores de la hostelería del aeropuerto de El Prat de Barcelona, donde sus 420 trabajadores y trabajadoras han convocado huelga indefinida de 24 horas a partir de las 00:00 horas del día 24 de marzo, inicio de la Semana Santa.


El Tribunal Supremo dictamina que los Permisos Retribuidos deben de iniciar su cómputo en días hábiles para las personas trabajadoras

El alto tribunal ha definido este criterio en una sentencia dictada tras recurso de casación interpuesto por los sindicatos más representativos del sector de Contact Center. La sentencia, comentada desde el GTJ de CCOO de Catalunya, precisa que para el disfrute del permiso retribuido fijado en el convenio colectivo para los supuestos de nacimiento, fallecimiento o matrimonio: