CCOO BANESTO

En octubre... ¡Libranza de 1/3 de sábados!

El 24 de abril de 2002, CCOO y las otras representaciones sindicales de esta empresa, suscribimos un Acuerdo para la libranza rotativa de un tercio de los sábados comprendidos entre el 1 de octubre y el 31 de marzo de cada año.


Acuerdo Caixa Tarragona

ACUERDO DE JUBILACIONES PARCIALES CAIXA TARRAGONA



Bienvenidos a Banco Sabadell

25 08 05 La presión laboral en Banco Sabadell es una constante desde hace mucho tiempo, también la precariedad de plantilla y, en consecuencia, el cansancio acumulado del personal que, poco a poco, pierde las esperanzas de que la situación mejore. (PDF:Cat. / Cast.)


El retorno del Sr. Jaume Puig

22 08 05 Las buenas políticas de gestión responsable deben practicarse en primer lugar por los máximos responsables de esta empresa, de lo contrario, siempre existirá una cultura de gestión de las personas mal entendida y peor percibida. (PDF:Cat. / Cast.)


ETT’s: Revisión salarial del 2004 y tablas salariales para 2005

Diferencias salariales que se han producido en relación a las retribuciones del año 2004, consecuencia del desfase entre el I.P.C previsto y el real para dicho año. También se incluyen las tablas salariales a tener en cuenta para este año 2005.


Magistratura nos da la razón una vez más / 5 Agosto 2005 - Transiciel

Declarado nulo por discriminación sindical el despido de un compañero.

El 20 de Mayo de 2005 Transiciel despidió a nuestro compañero Enric Valero, asignado al AM de Winterthur y miembro de la candidatura de CCOO en las primeras elecciones sindicales, que se celebraron el 20/5/2004 en el centro de trabajo de Transiciel en Barcelona, justo un año antes de dicho despido.


Destacadas

Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears

Publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOI 22/04/2023) el texto del Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears (Vigiencia desde 01/abril/2023 hasta 31/marzo/2025)


Convenio Colectivo laboral para el Comercio de les Illes Balears

El presente Convenio obliga a todas las empresas y a todas las personas trabajadoras que se dediquen a la actividad de comercio de toda clase, tanto al por mayor como al detalle.