PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA HUELGA GENERAL DEL 29-S

Yo voy… pero ¿cómo?

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en el artículo 28.2 de nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad atrabajar. A continuación os aclaramos algunas cuestiones relacionadas con los derechos que nos asisten el día de huelga.  LEER MÁS


Preguntas más frecuentes sobre la huelga general del 29-S

Yo voy… pero ¿cómo?

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en el artículo 28.2 de nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad atrabajar. A continuación os aclaramos algunas cuestiones relacionadas con los derechos que nos asisten el día de huelga.  LEER MÁS


GACETA SINDICAL Nº 26

El derecho de HUELGA, un derecho INCUESTIONABLE

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad a trabajar.  LEER MÁS


Carta de José Maria Martínez Secretario General Comfia CCOO

Hoy en día, con la crisis como excusa, el modelo de negociación colectiva se ve atacado por intereses que quieren presentarlo como un lastre para la recuperación económica, de tal forma que parece que es parte del problema cuando la historia demuestra que siempre ha sido parte de la solución.


PRONUNCIAMIENTO DE LOS DELEGADOS DE COMFIA-CC.OO. EN LA HUELGA GENERAL 29-SEPTIEMBRE

Yo voy, porque nos afecta a TODOS

Durante estos días, hemos estado repartiendo comunicados con ejemplos concretos que nos hagan visualizar los efectos de la Reforma Laboral que se aprobó el pasado 16 de junio de 2010 (www.boe.es/boe/dias/2010/06/17/pdfs/BOE-A-2010-9542.pdf).

Pero desgraciadamente la Reforma va mucho más allá, y nos va a afectar a TODOS, por eso una compañera ha elaborado una presentación donde se recogen los aspectos más significativos resumidos.

También os dejamos un documento de mayor envergadura que compara punto por punto las modificaciones que supone esta reforma en el Estatudo de Trabajadores. Además recomendamos la lectura del documento elaborado el 'Area de Estudios Jurídicos Sociolaborales' de  CC.OO.: 'Los efectos prácticos de la Reforma Laboral'.

Documentos:

1.- PRINCIPALES_NOVEDADESRL.pps

2.-Modificaciones de la Reforma Laboral al Estatudo de Trabajadores:

 http://www.comfia-seguros.es/portada.html 


Gaceta Sindical Nº 26

El derecho de HUELGA, un derecho INCUESTIONABLE

El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad a trabajar. LEER MÁS


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Convenio Colectivo laboral para el Comercio de les Illes Balears

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