Edificio B30 -CBS Sant Cugat-

Espacio B30 : Informativo Seguridad y Salud Laboral

En nuestra voluntad de continuar divulgando la labor de CCOO en materia de seguridad y salud laboral, os relacionamos aquellos temas que esta sección sindical ha propuesto en el Comité y que están en proceso de solución:


Novedades en Incapacidad Temporal y Mutuas:

Con motivo de la aprobación del nuevo decreto RD 65/2014 os enviamos las novedades más importantes producidas en el ámbito de la gestión por Las Mutuas de las bajas (IT) por enfermedad común. 

Para que una Mutua pueda realizar el seguimiento, nuestra empresa ha de tener contratado esteservicio con ella, lo que no es el caso de Deutsche Bank. 


SECCIÓN SINDICAL ESTATAL DE CCOO-GRUPO BMN

Externalización de Servicios Generales a Docout

Este pasado jueves, 4 de setiembre, estaba previsto que se celebrasen en la sala de lo Social de la Audiencia Nacional los actos derivados de las demandas de Conflicto Colectivo interpuestas por CCOO y UOB contra el Acuerdo de Externalización de determinadas Unidades Productivas a Docout.


Plus transitorio para JOP's Art. 19.6 del Convenio Colectivo

El Convenio Colectivo establece, en su artículo 19.6, un Plus Transitorio para los JOP's mientras se encuentren en el Nivel Salarial VIII ó VII. Para 2014 el importe es de 604,77 euros anuales que se harán efectivos por dozavas partes abonables por mensualidades vencidas (50,40 euros mensuales).


Carlos Bravo asegura que el Gobierno rectifica el nuevo acceso a la jubilación anticipada


Carlos Bravo ha asegurado que el Gobierno a  rectificado la restricción que desde el mes de junio está imponiendo a la jubilación anticipada a los 61 años de trabajadores con convenio especial.


5 DE SEPTIEMBRE DE 2014

Comedor en Valencia II


Destacadas

Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears

Publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOI 22/04/2023) el texto del Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears (Vigiencia desde 01/abril/2023 hasta 31/marzo/2025)


Convenio Colectivo laboral para el Comercio de les Illes Balears

El presente Convenio obliga a todas las empresas y a todas las personas trabajadoras que se dediquen a la actividad de comercio de toda clase, tanto al por mayor como al detalle.