28 d`abril de 2023. Dia Internacional de la Salut i la Seguretat en el Treball

CCOO #MésPrevenció

ORGANITZA’T! ACTIVA LA SALUT


Cuadro de evaluación de riesgos psicosociales 

CUADRO RESUMEN PARA LA UNIDAD DE ANÁLISIS: OPERADORES DE ASISTENCIA

La compañía ha manifestado a través de la pantalla de la sala de acceso al centro de trabajo de Isaac Newton, que la evaluación de riesgos psicosociales había dado un resultado satisfactorio. Esto es un ejemplo de que “como la pantalla es mía, pongo lo que quiero”, sin atender a los resultados reales.


¿Es lo mismo un parte de reposo que una baja médica?


No, no es lo mismo. El trabajador/a que disponga de un parte de baja reglamentario, está eximido de la obligación de trabajar y sustituye la remuneración vía salario por una prestación económica sustitutiva por incapacidad temporal. Por el contrario, el parte de reposo permite al trabajador/a justificar su ausencia al trabajo, excluyendo la posibilidad de que esta pueda constituir una falta sancionable, pero no da derecho a percibir el salario por los días de reposo.


PREVENCION Y SALUD

¿TIENE LA EMPRESA QUE PAGARME LAS GAFAS O LENTILLAS?


RD 1060/2022 NUEVA GESTIÓN DE IT

RD 1060/2022 ¿Sabías que desde el 1 de abril ya no somos responsables de entregar los partes de baja, confirmación y alta en las IT a la empresa?

Desde CCOO te recordamos que, el pasado 1 de abril,  entró en vigor el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control por incapacidad temporal (IT).

Hasta ahora, cuando te encontrabas en esta situación, tu médico te facilitaba 2 copias de los partes de baja, confirmación o alta médica, una para ti y otra para la empresa, y eras tú quien tenía que hacerlos llegar a ésta. Con la nueva normativa ya no es obligatorio, ya que es directamente el servicio público de salud, mutua, o empresa colaboradora quien se encarga de remitir telemáticamente dichos partes al INSS, y es ahí donde la empresa podrá consultarlos.


COMINICADO

CBP 2022 Tres Meses de Contradicciones

Después del caos con los ICO,s durante la pandemia, volvemos a sufrir con los CBP’s (Continúa leyendo...)


NOVEDADES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

NUEVO TRATAMIENTO DE BAJAS LABORALES

Queremos informaros de las novedades que deberás tener en cuenta desde el 1 de abril de 2023 en la tramitación de las bajas laborales -Incapacidad Temporal- (Real Decreto 1060/2022 27/12/2022).

En cualquier caso, recuerda que aunque estés en teletrabajo, si estás de baja no debes trabajar. 

 

Además os traemos otras novedades generales de la Seguridad Social, que pueden afectarte a ti o a tu entorno.


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