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Convenio Colectivo del sector de Comercio de Alimentación de Navarra



Este artículo se publicó originalmente en NAVARRA (Federación de Navarra) , Comercio (Sector del Comercio) ,

El presente Convenio entrará en vigor, el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo su vigencia, retribuciones y la jornada como elemento esencial de la estructura y reglas de concurrencia de convenios que serán de aplicación desde el 1 de enero del año 2019, previos los trámites legales pertinentes.

Las revisiones salariales originadas por los aumentos salariales establecidos en el presente convenio se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 10 (retribuciones).

El presente convenio tendrá una duración de 5 años, desde el 1 de enero del año 2019 hasta el 31 de diciembre del año 2023, ambos inclusive.

 

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