Mediación de Seguros

 

Descripción de entidades

El sector de las entidades de mediación en seguros privados comprende la actividad mercantil consistente en la presentación, propuesta o realización de trabajos previos a la celebración de un contrato de seguro o de reaseguro, o de celebración de estos contratos, así como la asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro.

Con carácter general, los/as mediadores/as se dividen en:

  • Agente de seguros exclusivo/a: Persona física o jurídica que celebra un contrato de agencia con una única entidad aseguradora que procederá a la inscripción de dicho agente en su registro de agentes exclusivos, sometido al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este agente podrá trabajar con otras entidades aseguradoras, para cubrir la oferta de ramos que su entidad no trabaja, siempre previa autorización de la misma.

  • Corredor/a de seguros: Persona física o jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación de seguros privados sin mantener vínculos contractuales que supongan afección con entidades aseguradoras, y que ofrece asesoramiento independiente, profesional e imparcial a quienes demanden la cobertura de los riesgos a que se encuentran expuestos sus personas, sus patrimonios, sus intereses o responsabilidades.