?SOLICITA a esa Comisión Paritaria que tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo, e interprete y se pronuncie sobre si el cómputo de los permisos retribuidos del art. 24 debe iniciarse siempre en dÃa laborable y si el computo de disfrute de los permisos previstos en los apartados b y c del art. 24 debe entenderse en dÃas laborables.?
El Tribunal Supremo hace referencia a que, al tratarse de permisos retribuidos, estos se conceden para utilizarse en dÃas laborables, en concreto el apartado segundo de los Fundamentos de Derecho de dicha sentencia dice:
?En efecto, la rúbrica del precepto convencional "permisos retribuidos" nos muestra que los permisos se conceden para su disfrute en dÃas laborables, pues en dÃas festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja, lo que corrobora el primer párrafo del artÃculo interpretado al decir "Los trabajadores... podrán ausentarse del trabajo, con derecho a retribución...", ausencia que, según ese tenor literal, carece de relevancia cuando se produce en dÃa feriado. Esta solución la corrobora el art. 37-3 del ET que, al regular el descanso semanal, las fiestas y los permisos dispone que "el trabajador... podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración"...?
Por lo que se desprende de dicha lectura que la utilización de los permisos retribuidos deberÃan ser en dÃas laborables no debiendo computar, ni su inicio ni su utilización, durante los dÃas en los que no prestamos nuestros servicios, ya que los dÃas festivos o no laborables no tenemos que pedir permiso por no acudir al centro de trabajo.
Esta consulta se registró en la sede de la patronal Tecniberia el pasado dÃa 4, por lo que la Comisión Paritaria tiene hasta el dÃa 25 (inclusive) para pronunciarse, y en caso de que no hubiera pronunciamiento o, habiéndolo, no tuviera en consideración los Fundamentos de Derecho de la citanda sentencia del Tribunal Supremo, desde CCOO solicitaremos la preceptiva mediación como paso previo al procedimiento judicial, si fuera necesario.
Seguiremos informando
El texto completo de la consulta a la Comsión Paritaria de IngenierÃas se encuentra publicado en nuestra página web.