En opinión de CCOO esta propuesta de Directiva SUP podrÃa utilizarse para facilitar las prácticas abusivas o fraudulentas y generarÃa una competencia desleal para las propias empresas. La propuesta está concebida en teorÃa para que las PYMEs puedan desarrollar actividades transnacionales y que les sea más fácil establecer filiales en el extranjero por medio de condiciones armonizadas, cuestión que en sà misma no tendrÃa que ser negativa. Sin embargo nos encontramos con el hecho incuestionalbe de que en general las PYMEs, sobre todo si son empresarios individuales, desarrolan sus actividades a nivel local. El valor añadido de la intervención de la UE para este tipo de empresas es pues muy cuestionable. Más parece que las normas simplificadas contenidas en el proyecto de Directiva SUP puedan ser utilizadas por las grandes empresas para evadir las exigencias legales del Reglamento de la Sociedad Europea. A ello apunta la separación, inédita hasta el momento en una sociedad europea, entre la sede administrativa y la sede social, que supone un claro incentivo para establecer la SUP en lugares en los que no realice ninguna actividad económica (las conocidas como ?empresas buzón?).
La dualidad sede administrativa-sede social supone un riesgo grave de incumplimiento de los derechos de los trabajadores, muy claramente los de representación, información y consulta en la empresa o la proliferación de falsos autónomos. El contro de la utoridad pública, el incumplimiento de las obligaciones fiscales o la problemática ejecución de sentencias o multas surgen como algo más que una mera posibilidad.
Además, la propuesta de Directiva no aborda riesgos como limitar a mÃnimos casi inexistentes la responsabilidad de la empresa, que es lo que supone la en la práctica la inexistencia de un capital mÃnimo (pues tal es la exigencia de que sea un 1 ? como mÃnimo) en conjunción con la prohibición de exigir reservas. Para CCOO está claro que consumidores y acreedores (trabajadores incluidos) serÃan las vÃctimas de esta situación.
Ningún sector queda al margen de éstos riesgos, pero son especialmente sangrantes en aquellos que utilizan en mayor proporción trabajadores migrantes o temporales, o en los que la utilización de agencias de contratación es más frecuente, con el riesgo aumentado de que al final el trabajador no sepa quién le ha contratado realmente al final de una cadena de subconratación.
En definitiva CCOO pide a las y los eruroparlamentarios españoles que actúen adoptando las medidas precisas dentro de su competencia, para que la prevención del fraude y el dumping social tomen carta de naturaleza y por tanto se rechaze la propuesta de Directiva SUP.







