NOTA INFORMATIVA CARREFOUR MEDIDAS EXTRAORDINARIAS CORONAVIRUS


La Dirección del Grupo Carrefour España en su compromiso, tanto con la sociedad en general como con sus clientes y personal en particular, comunica a todas las personas que prestan servicios en sus centros, algunas medidas en el ámbito laboral y de prevención de riesgos para favorecer, en la mayor medida posible, el cumplimiento de las recomendaciones trasladadas por las autoridades sanitarias y por la normativa gubernamental, a efectos de favorecer la contención de la epidemia, a saber:

1.- Se establecerán mecanismos internos para facilitar que la distancia entre nuestro personal y los clientes, o de entre ellos entre sí, cumpla un mínimo de un metro de distancia.

2.- Se controlará el aforo de clientes dentro de la sala de ventas para asegurar que no se producen aglomeraciones de público que impidan el adecuado desarrollo de la actividad y la seguridad de clientes y personal interno.

3.- Se continuará dotando a las tiendas de geles antisépticos y guantes así como, de forma progresiva, de otros materiales como mascarillas, siempre que tengamos existencias disponibles, que se reservarán con carácter preferente para nuestro personal, con especial atención para aquellas zonas de alto riesgo por la mayor incidencia de contagio del virus.

4.- Los inventarios generales programados serán aplazados para evitar situaciones de concentración masiva de personal.

5.-  La Dirección de cada centro promoverá, siempre que la organización y necesidades lo requieran, la creación de equipos de trabajo de reposición nocturno de carácter voluntario para favorecer la disminución de contactos y el riesgo de contagio.

6.-  Todas nuestras tiendas permanecerán abiertas al público en horario de 9 a 21 horas durante el periodo de Estado de Alerta previsto actualmente desde el próximo lunes 16 de marzo 2020.

7.- El personal especialmente sensible quedará eximido de prestación de servicio, considerándose como permiso retribuido, hasta que se levante el Estado de Alarma decretado por el Gobierno de España, sin perjuicio que pudiera prorrogarse, en función de la continuidad o no de dicha situación. A estos efectos se considerará personal especialmente sensible, aquellas personas que acrediten, de forma fehaciente, el diagnóstico que da lugar al permiso sobre los siguientes colectivos más vulnerables: diabetes, enfermedades hepáticas, pulmonares, renales o neurológicas crónicas, inmunodeprimidos, embarazo o cáncer.