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FRATERNIDAD-MUPRESPA condenada por vulnerar derechos laborales básicos.


Un Juzgado de lo Social ha ratificado la sanción impuesta por la Inspección de Trabajo a Fraternidad-Muprespa, por la comisión de una FALTA MUY GRAVE, al vulnerar el derecho a la dignidad y la ocupación efectiva de un trabajador, tras la demanda promovida DE OFICIO por la Autoridad Laboral.

Los hechos se remontan a Marzo del año 2009, cuando un trabajador afiliado a CCOO, es destituido de sus funciones y trasladado desde la Dirección Provincial donde trabajaba a otra Delegación.

En esta delegación permaneció prácticamente un año, sin instrucciones sobre el trabajo que debía realizar. No disponía de mesa, ni de ningún otro instrumento de trabajo. Debía sentarse en una mesa de reuniones que había en el despacho del delegado, pudiendo utilizar el ordenador de este, pero solo cuando dicho delegado no estuviese,extremo éste admitido tácitamente por la empresa. 

Tanto el trabajador como la Sección Sindical de CCOO exigieron explicaciones al anterior Director Gerente, Fernando Eguidazu, y al departamento de RRHH, sin que ofrecieran una explicación suficiente y razonada.

Algunos altos directivos contribuyeron, incluso, a que corrieran por la empresa todo tipo de falsos bulos y rumores malintencionados, descalificándole públicamente y poniendo en cuestión su honestidad y profesionalidad.

Estuvo sometido a situaciones hostiles consumadas, expresadas o manifestadas, por una o varias personas consentidas por la empresa y mantenidas en el tiempo.

Tras varias comparecencias de la Mutua y del trabajador ante la Inspección de Trabajo, en las que estuvo acompañado por Asesores de CCOO, esta concluyó que: Â“Â… había estado sometido por la dirección de la empresa a Medidas de Aislamiento Social, a través de la falta de encomienda de trabajos, obligándole a permanecer casi un año en unas condiciones laborales que se pueden calificar de Vejatorias

La Autoridad Laboral sancionó a la Mutua con una multa de 6.260.-€ por la comisión de una falta Muy Grave, al vulnerar su derecho a la consideración debida a su dignidad,“lo que ocurrió de forma reiterada y continuada en el tiempo, para quebrantar su personalidad a través de la imposición de condiciones humillantes, que le han causado daño, perjudicando su integridad psíquica”.

Fraternidad-Muprespa, recurrió la sanción y la Autoridad Laboral remitió al Juzgado de lo Social el asunto, quien ahora ratifica los hechos como Infracción Laboral Muy Grave, aunque la sentencia puede ser recurrida. 

Ni la anterior Dirección de la Mutua, ni la actual, han dado la talla, no han estado a la altura en este tema, pues todos los intentos de conseguir una solución pacífica y negociada han sido sistemáticamente torpedeados, lo que supone un contraste con lo expuesto en el Protocolo de Acoso suscrito recientemente.

Esperamos que tras tres años de calvario sufrido por el trabajador, la Mutua recapacite, recoja el guante  y tome las riendas de la situación, de muestras reales y contrastables de que su VISIÓN, MISIÓN Y VALORES, el Plan Estratégico o el Protocolo de Acoso, no son solo documentos vacíos de contenido, reintegre al trabajador su dignidad y depure todas las responsabilidades a las que hubiere lugar.