Por orden, en la Audiencia Nacional:
- El 11 de mayo se celebrará un juicio al que nos adheriremos, pues, como ya os informamos, en CCOO también lo estábamos preparando, contra los procesos de externalización de servicios centrales y de transformación de la red de oficinas por falta de información previa a los sindicatos y, especialmente, por incumplimiento del Acuerdo de diciembre, puesto que en él Liberbank se obligaba a que antes de abordar cualquier proceso reordenación o restructuración de plantilla de alcance colectivo (y este, obviamente lo es), lo negociarÃa con los sindicatos.
- El 25 de mayo se celebrará a instancias de CCOO, único sindicato que parece haber caÃdo en cuenta, otro juicio contra Liberbank por la clasificación de oficinas y las consiguientes consolidaciones de categorÃa que corresponden a sus responsables.
Desde el primer momento Liberbank ha intentado ir por libre en esta materia fijando unos salarios "individualizados" e ignorando todo el proceso de consolidación de categorÃa que marca nuestro Convenio Colectivo todavÃa vigente.
Algo que, en CCOO, no Ãbamos a dejar pasar y que tuvimos que denunciar en los juzgados ante la imposibilidad de arreglarlo con la empresa por las buenas.
- El 1 de junio tenemos el juicio por la ayuda de hijos y de guarderÃa de 2013.
El motivo de esta demanda es que en 2013 la empresa no pagó estas ayudas (artÃculos 58 y 59 del Convenio) bajo la excusa de que asà lo recogÃa el acuerdo de junio, posteriormente anulado, cuando en realidad de lo que habla ese acuerdo es de la ayuda de estudios (artÃculo 60 del Convenio) lo que, obviamente, no es lo mismo.
Este juicio debiera haberse celebrado hace mucho tiempo y ya todo el mundo debiera haber cobrado esas ayudas pues lo denunciamos en 2013, sin embargo ha estado suspendido a causa de la anulación del acuerdo de junio y sus posteriores recursos a pesar de no tener nada que ver con ello.
- También el 1 de junio se celebra el juicio contra las medidas unilaterales que la empresa aplicó durante el segundo semestre de 2013.
Juicio que ya todo el mundo conoce y en el que en CCOO nos personamos (aunque otros hayan dicho insistentemente que no Ãbamos a poder) y en el que trataremos de invalidar esas medidas con nuestros propios argumentos.
En cuanto a la sentencia del Tribunal Supremo que acabamos de recibir:
Durante las pasadas huelgas de 2013, en todas las zonas y territorios la empresa sustituyó a trabajadores y trabajadoras que hacÃan huelga con personal de otras oficinas o haciendo que ?directivos? ocuparan puestos de ventanilla.
En la demanda interpuesta en su momento por CCOO en la Audiencia Nacional por ese motivo, pedimos se condenara a la empresa por vulneración de derecho fundamental y, puesto que la actuación de la empresa supuso la anulación del impacto de la huelga convocada, a indemnizar a este sindicato asà como a indemnizar a las personas que hicieron huelga con la devolución del importe que les fue descontado por cada uno de los dÃas que secundaron las huelgas.
Posteriormente la Audiencia Nacional condenó a Liberbank por vulneración de derecho fundamental, en concreto por vulneración del derecho de huelga y le sancionó a pagar 5.000 euros a CCOO, dinero que utilizaremos para seguir intentando que en esta empresa se cumpla, al menos, la ley.
Por supuesto, la empresa recurrió esa sentencia al Tribunal Supremo, y ahora este ha ratificado la sentencia condenando además en costas a Liberbank, cosa que imaginamos tampoco les importará demasiado pues pagan con dinero de otros.
Lo dicho, como para olvidarnos de los temas judiciales tratándose de Liberbank.
Es imposible.
Saludos.







