El Supremo anula un despido porque la empresa no informó al representante laboral El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana anuló el despido y el Supremo, en una sentencia del pasado 12 de abril, ha ratificado esa interpretación. Hasta ahora, los tribunales solÃan advertir en este comportamiento una infracción, sin ir más allá. Un fallo de comunicación permitirá a Carlos Devis volver a la empresa que lo despidió hace casi tres años. Haworth España, dedicada al diseño de suelos y mobiliario, deberá readmitir a un trabajador pese a que, con la ley en la mano, tenÃa motivos para prescindir de él. Las pérdidas económicas que sufrÃa la firma aquel año la amparaban para tomar esa decisión. Pero Haworth no trasladó el despido a la representante de los trabajadores, un defecto que la justicia ha considerado algo más que formal. Carlos Devis trabajaba en el almacén de Valencia de Kemen Mobiliario y Decoración de Oficinas, empresa absorbida en 2004 por Haworth. En octubre de ese año, la empresa le remitió una carta en la que le comunicaba su despido inmediato -al dÃa siguiente ya no debÃa volver- por las "grandes pérdidas económicas" que arrastraba desde 2002. "En el almacén de Valencia no hay actividad suficiente que permita el mantenimiento de su puesto", argumentaba. El juzgado de lo social de Valencia declaró procedente el despido, es decir, la empresa podÃa prescindir del trabajador aunque debÃa abonarle una indemnización de 20 dÃas por año







