Sin embargo, los hechos no se ajustan a la realidad.
Os pasamos a explicar en primer lugar que es un ERTE y a continuación que va a defender CCOO durante la negociación del mismo si al final la empresa se decide a aplicarlo, convocando a los sindicatos para acordar las condiciones del expediente.
¿QUE ES UN ERTE?
- ¿Qué es un ERTE? : Una suspensión temporal de los contratos de trabajo. Está regulado legalmente en los artículos 45, 47 y 51 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
- ¿Por qué la empresa podrá comunicar la apertura de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo ERTE? : Por causa de fuerza mayor ante el cierre obligado de los centros
- ¿Y cómo se lleva a cabo?: Mediante comunicación por parte de la empresa a la autoridad laboral competente y la apertura simultánea de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de duración máxima de 7 días.
- ¿Qué es un período de consultas?: La constitución de una comisión negociadora integrada por un máximo de trece miembros en representación de cada una de las partes y por la parte social, proporcional a la representación obtenida en las elecciones sindicales.
- ¿Entonces, se negocia las condiciones del ERTE?: Si, un ERTE no es como sacar dinero de un cajero automático, como algún sindicato ha informado en estos días previos. Requiere de una negociación, de buena fe, entre las partes y la negociación podrá finalizar con acuerdo o sin acuerdo.
- ¿Cierre con Acuerdo? Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que concurren las causas justificativas por el que se abrió y solo podrá ser impugnado ante la jurisdicción social por la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su conclusión.
- ¿Cómo nos afecta el ERTE?: Dependerá de las condiciones acordadas en la negociación entre la empresa y los sindicatos de la que te iremos informando puntualmente.
- En esta dirección https://madrid.ccoo.es/especialcoronavirus tienes a tu disposición mucha más información
PROPUESTAS DE CCOO
- Garantizar la totalidad de las retribuciones salariales de las personas afectadas por el ERTE.
- Es imprescindible contemplar el acceso a la protección por desempleo sin exigir periodo de carencia, incluyendo también a las personas sin tiempo de cotización mínimo.
- Los periodos de desempleo consumidos durante esta suspensión no podrán perjudicar en ningún caso el reconocimiento de futuras prestaciones de desempleo (“contador a cero”).
- Con garantía de empleo al finalizar el periodo del ERTE.
- Sin pérdida de beneficios sociales y vacaciones.
Las delegadas y los delegados de CCOO estamos a vuestra disposición NUESTRA FUERZA ES TU MEJOR DEFENSA