Convenio Colectivo de Servicio de Ayuda a Domicilio de Baleares

El presente convenio regula y es de aplicación obligatoria a las condiciones de trabajo entre personas físicas o jurídicas que de acuerdo a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores vigente tengan la condición de empleadoras y quienes les presten servicios laborales de acuerdo con la legislación vigente, siempre y cuando se dediquen aquellas (las empleadoras) a la prestación de las denominadas “actividades de servicios de ayuda a domicilio” en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Baleares


Año 2002

CONVENIO COLECTIVO DE OFICINAS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN LA C.A. DE MADRID

Firmado nuevo convenio para 2007


CONVENIO COLECTIVO DE DESPACHOS DE GRADUADOS SOCIALES DE ARAGÓN

El presente convenio obliga a todos los despachos profesionales de Graduados Sociales de la Comunidad Aragonesa.


CONVENIO COLECTIVO OFICINAS DE CAMARAS, COLEGIOS, ASOCIACIONES, FEDERACIONES E INSTITUCIONES DE LA REGION DE MURCIA

El presente Convenio Colectivo, regulará a partir de la fecha de su entrada en vigor, las condiciones mínimas de trabajo de todo el personal que presta sus servicios en las empresas que se dedican a la actividad de Oficinas de Cámaras, Colegios Profesionales, Asociaciones, Federaciones e Instituciones de la Región de Murcia.


CONVENIO COLECTIVO DE AMBITO ESTATAL PARA LAS GESTORIAS ADMINISTRATIVAS

El presente convenio regulará, a partir de su entrada en vigor, las relaciones laborales en todas las Gestorías Administrativas y sus Organizaciones colegiales, radicadas en el Estado Español, y contemplará asimismo las peculiaridades de cada zona.


Año 2002

CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PLANIFICACIÓN REVISION SALARIAL ART. 26.5 XIII

Tablas salariales 2002. Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresa y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública


2002-2004

XIII Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos

Las partes signatarias del presente convenio colectivo, integradas por la Federación de Servicios de la U.G.T (FES) y la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO (COMFIA), en representación laboral, y TECNIBERIA/ASINCE Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos, en representación empresarial, como organizaciones más representativas estatalmente en el subsector de empresas de servicios de ingeniería y de estudios técnicos, además de los dos precedentes índices


COMITE DE EMPRESA

Acta de la reunión de fecha 18/11/2003

Orden del día: Análisis de la situación en el tema de despidos y actuaciones al respecto.


Noviembre 2003 - Revista

Las Oficinas S.F.P.

Revista Contrastes día a día de Noviembre de 2003. Las ofiicnas SFP, la nueva apuesta para recuperar cuota de mercado, impulsada por el Área Comercial, no tienen en cuenta las cuestiones básicas de Personal y los derechos de los trabajadores. Pulsa "sigue" y ¡bájate la revista!


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Atención laboral que CCOO habilita por la crisis del coronavirus.

La Confederación Sindical de CCOO ha habilitado un teléfono gratuito 900 y un correo electrónico dudas de carácter laboral relacionada con el coronavirus. Por otra parte la Federación de Servicios de CCOO seguimos a tu disposición en tres líneas móviles, un correo electrónico y nuestros canales en redes sociales para atender las consultas de nuestros sectores (financiero, comercio, TIC, hostelería, contact center, turismo, otros servicios técnicos y administrativos, juego, etc.


El TJUE analiza si todos los días de los permisos retribuidos deben ser laborables

CCOO ha hecho hoy sus alegaciones en el juicio afirmando que los días de disfrute deben ser laborables. Tras el dictamen del Tribunal, la Audiencia Nacional deberá dictar sentencia, que será de aplicación a todos los trabajadores y trabajadoras de España.


La prolongación no retribuida de la jornada laboral Las empresas ahorran 11.500 millones al año por horas de trabajo no retribuidas

El objetivo de este informe es conocer la dimensión de la prolongación de la jornada laboral no retribuida, que incluye las extensiones de la jornada pactada que se convierten en habituales −y es razonable pensar que no se abonan− y las horas extraordinarias trabajadas, de las que casi la mitad no se pagan. La extensión no retribuida del tiempo de trabajo constituye una de las formas más graves de precariedad y de fraude a la Seguridad Social.


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