Cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado fija la cuantÃa máxima mensual de las pensiones contributivas de la Seguridad Social.
Durante el año 2005, dicha cuantÃa asciende a 2.159,12 euros mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder al titular, cuya cuantÃa está afectada, también, por el citado lÃmite.
El importe de la revalorización anual de las pensiones de la Seguridad Social no podrá determinar para éstas, una vez revalorizadas, un valor Ãntegro anual superior a la cuantÃa establecida en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, sumado, en su caso, al importe anual Ãntegro ya revalorizado de las otras pensiones públicas percibidas por su titular. Durante el año 2004, no serán objeto de revalorización las pensiones únicas o concurrentes cuya cuantÃa anual alcance la cifra de 30.227,68 euros.
En la práctica esto significa que aunque nuestra Base de Cotización
por Contingencias Comunes sea la máxima anual (2.731,5 en el año
2004), a la hora de jubilarnos, si nos jubilásemos durante este
año no podrÃamos percibir más de 2.086,18 euros mensuales de
pensión.







