EL SUPREMO DA LA RAZON A CCOO


La resolución del Supremo confirma una sentencia de la Audiencia que daba ya la razón a la Federación de Servicios de CCOO frente a Unisono.

En una Sentencia del pasado 21 de septiembre el Tribunal Supremo, establece que los y las trabajadoras no están obligadas a facilitar su número de móvil personal y su correo electrónico a la empresa.
Este fallo viene, gracias a un Conflicto Colectivo que interpuso nuestra compañera Pilar Caballero, miembro del gabinete jurídico Estatal de Servicios de CCOO, contra una clausula tipo que incluía la empresa Unisono en los contratos de sus plantillas.