Registro de Jornada: la justicia europea nos da la razón

08/02/2019

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sus conclusiones, propone al Tribunal que sentencie que las empresas tienen la obligación de introducir un sistema para medir el número real de horas trabajadas cada día

El control de presencia en Unicaja es insuficiente para este objetivo porque únicamente registra nuestras ausencias en horario laboral, pero no computa el número real de horas trabajadas ni los excesos de jornada.

Después de años de denuncias y reclamaciones, CCOO ha conseguido que estemos cerca de terminar con las prolongaciones ilegales de jornada en el Sector.



INGENIERÍAS Y OFICINAS TÉCNICAS

Concentración en Foment del Treball de delegados y delegadas de ingenierías CCOO Cataluña

Concentración en Foment del Treball de delegados y delegadas de ingenierías CCOO Cataluña, en defensa del convenio colectivo estatal.


INGENIERÍAS Y OFICINAS TÉCNICAS

Asamblea delegados y delegadas de ingenierías CCOO Cataluña

Asamblea informativa de delegados y delegadas de CCOO Cataluña de ingenierías, sobre la situación del convenio sectorial estatal.


INGENIERÍAS

Cartel de la concentración: En defensa del convenio de Ingenierías y Oficinas Técnicas


La Entidad anuncia un resultado positivo de 153 millones de euros en 2018

04/02/2019

La Entidad ha presentado hoy los resultados de 2018, informando de un beneficio neto de 153 millones de euros, así como de la propuesta de distribución de un dividendo del 40% del resultado neto del grupo. Esto nos garantiza que este año cobraremos como mínimo un 0,25% sobre los conceptos que se establecen en el artículo 39.1 del Convenio Colectivo (salario base + complementos) adicional a las 20,5 pagas aseguradas gracias al acuerdo de integración de Unicaja y EspañaDuero.

El Convenio Colectivo determina que en los seis primeros meses del año se cobrarán, por una sola vez, las siguientes cantidades:


- 0,25% sobre los conceptos que se establecen en el artículo 39.1 del Convenio Colectivo (salario base+complementos)  en el caso de que el beneficio después de impuestos sea positivo o la entidad reparta dividendos.
- 0,25% adicional si el ROE de la Entidad es mayor o igual a 6.
- 0,50% adicional si el ROE de la Entidad es mayor o igual a 10.

La primera de las cantidades está asegurada tanto por los resultado de Unicaja como por el reparto de dividendos.


Adicionalmente en Unicaja Banco SA, y como consecuencia del Acuerdo Sobre Condiciones Retributivas de 16/05/2008, mejorado con el ALF Caja de Jaén de 18/12/2009, existe una remuneración ligada a la rentabilidad, que se determina en la estipulación SEGUNDA en la que se regula: 

 

  • Cuando  la rentabilidad calculada como la relación entre el beneficio recurrente y los Activos Totales Medios de la Entidad supere el 0.9% (inicialmente 1.2% mejorado con ALF) se percibirá un complemento equivalente al 25% del Salario Base mensual.
  • Cuando esa misma rentabilidad supere el 1.2% (inicialmente 1.5% mejorado con ALF) se percibirá otro complemento del  25% del Salario Base mensual.

Estos complementos se percibirán, cuando correspondan, en el primer semestre del año siguiente al que finalice con los datos que lo originan.


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