El 17 de junio se ha procedido a la firma del Preacuerdo del Convenio Colectivo de Mediación de Seguros para los años 2013-2015.
El preacuerdo ha sido suscrito por la patronal del sector AEMES y por los sindicatos Comfia-CCOO, FeS-UGT y SPS-FASGA, en los mismos términos que adelantábamos en nuestro anterior comunicado, siendo los más destacables del mismo los siguientes:
Vigencia:- Tres años: desde 01-01-2013 hasta 31-12-2015 - Ultra-actividad del Convenio: prórroga de 3 meses tras el año de negociación que establece la Reforma Laboral. Las discrepancias serán sometidas a una mediación conforme al ASAC y, en su caso, a un arbitraje voluntario.
Distribución irregular de Jornada: Se establecen parámetros para fomentar la negociación a nivel de empresa. En defecto de pacto, se establece un máximo de distribución irregular de jornada de 150 horas (inferior al 10% de la jornada anual que establece la Reforma Laboral).
Incremento Salarial:o Año 2013: Sin incremento inicial o Año 2014: Incremento inicial fijo del 0,6% o Año 2015: Incremento inicial fijo del 0,9%
Además de estos incrementos salariales fijos, se establece la siguiente tabla salarial variable que se aplicará en función de la evolución de los ingresos por comisiones de las empresas, iniciándose a partir del incremento fijo de cada uno de los años de vigencia:
Dietas y gastos de locomoción:
Dietas y gastos de locomoción 2013 2014 2015 Euros por Km 0,30 0,31 0,32 PERNOCTA euros/día 81 82 83SIN PERNOCTA euros/día 16,50 17 17,50COMIDA euros/día 9 9,30 9,50
Seguro de vida:Aumento de capitales: 16.000 y 32.000 para casos de muerte, incapacidades, invalidez, producidas por accidente.
Periodos de prueba:Aumentan los periodos de prueba en el Art. 14 en los siguientes términos: Apartado 1: Grupos III, IV, V 2 meses; Apartado 3: Grupo VI 6 meses. Contrato en prácticas: se aumenta el periodo de prueba para contratos en prácticas de duración superior al año: 5 meses para titulados; 2 meses para restantes. En el caso de que el contrato en prácticas sea por su duración máxima establecida (2 años), el periodo de prueba será de: 6 meses para titulados; 4 meses para restantes.
Premio de jubilación:Se acuerda un periodo de carencia de dos años para comenzar a devengar la compensación económica por jubilación del artículo 61.3.b) del Convenio. Una vez finalice la fase de redacción, las partes procederemos a la firma del texto definitivo del Convenio en los primeros días de Julio.
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