El Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula tipo del contrato de trabajo que obliga a dar el numero de móvil o correo electrónico

Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: "Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible". 


El Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula tipo del contrato de trabajo que obliga a dar el numero de móvil o correo electrónico

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: "Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible". 


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de CCOO

los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente es tiempo de trabajo

declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo


SENTENCIA por despido delegada sindical

SENTENCIA, despido improcedente y READMISIÓN de la delegada de CC.OO. Sogeti

El pasado 2 de julio se celebró el juicio por el despido de nuestra compañera y delegada de Sogeti Madrid.

El 31 de julio, llegó la notificación de la sentencia: DESPIDO IMPROCEDENTE con opción a la readmisión. 


SENTENCIA por despido delegada sindical

SENTENCIA, despido improcedente y READMISIÓN de la delegada de CC.OO. Sogeti

El pasado 2 de julio se celebró el juicio por el despido de nuestra compañera y delegada de Sogeti Madrid.

El 31 de julio, llegó la notificación de la sentencia: DESPIDO IMPROCEDENTE con opción a la readmisión. 


El TJUE declara tiempo de trabajo los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de la Federación de Servicios de CCOO y declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo, a todos los efectos. Es un importante pronunciamiento,que clarifica una materia de gran repercusión para centenares de miles de trabajadores y trabajadoras en toda la UE.


El TJUE declara tiempo de trabajo los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente

Tribunal Europeo Sentencia tiempo trabajo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de la Federación de Servicios de CCOO y declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo, a todos los efectos. Es un importante pronunciamiento que clarifica una materia de gran repercusión para centenares de miles de trabajadores y trabajadoras en toda la UE.


El supremo ratifica la vigencia y aplicación del Convenio de los Servicios de Prevención

Sentencia Ultraactividad Servicios Prevención

Una nueva Sentencia del Tribunal Supremo enmienda la reforma laboral del Gobierno en materia de negociación colectiva, dando al traste con las aspiraciones de las patronales de los Servicios de Prevención Ajenos, y ratificar que el Convenio Colectivo Sectorial continúa en ultraactividad y es de obligado cumplimiento para las empresas del sector.


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