- La ayuda de comida para aquellas personas trabajadoras que prestan servicios en jornada de mañana y tarde y en un centro de trabajo de Bankia queda establecida en 10 euros. Recordamos que con fecha 1 de enero, este importe será de 11 euros.
- Vuelve a entrar en vigor el horario flexible en SSCC en términos similares a los que estaba vigente hasta que la empresa unilateralmente decidió suprimirlo.
El horario a realizar por la persona trabajadora deberá ser consensuado con su responsable, de modo que el servicio quede debidamente cubierto. En casos excepcionales de no alcanzar consenso, se aplicará el horario general establecido en el convenio colectivo.
HORARIO FLEXIBLE 1:
Durante todo el año y de lunes a viernes
- Entrada flexible entre las 7:45 horas y las 9:00 horas y salida mínima a las 14:30 horas.
- En aquellos casos en los que el trabajador, por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años, la jornada diaria podrá comenzar a las 9:30 horas.
- Además, en cómputo anual, deberán ser realizadas al menos un número de tardes equivalentes a las establecidas en el Convenio Colectivo vigente en cada momento. La duración de cada tarde será de, al menos, 2 horas.
- Entre la jornada de mañana y la jornada de tarde deberá mediar, al menos, 1 hora.
- Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente mediará un mínimo de 12 horas.
- Se establece que la duración de la jornada efectiva semanal deberá estar comprendida entre las 35 horas y las 42 horas, entendiéndose que se admitirá la realización de jornadas efectivas semanales superiores o inferiores a estos límites, siempre y cuando la media semanal en términos anuales se encuentre comprendida entre las 35 horas como mínimo y, como máximo, las legalmente establecidas.
HORARIO FLEXIBLE 2:
Será el establecido en el Convenio Colectivo con carácter general, si bien con la siguiente flexibilidad horaria:
Periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril
- Lunes, martes, miércoles y viernes: entrada flexible entre las 7:45 horas y las 8:15 horas y salida flexible entre las 14:45 horas y las 15:15 horas.
- Jueves: mañanas, entrada flexible entre las 7:45 horas y las 8:15 horas y salida flexible entre las 14:15 horas y las 14:45 horas; tardes, entrada flexible entre las 15:45 horas y las 16:15 horas y salida flexible entre las 18:45 horas y las 19:15 horas.
Periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre
- Lunes, martes, miércoles, jueves y viernes: entrada flexible entre las 7:45 horas y las 8:15 horas y salida flexible entre las 14:45 horas y las 15:15 horas.
En todo caso, para hacer efectiva la flexibilidad horaria indicada en el Horario Flexible 1 y en el Horario Flexible 2 anterior, el servicio deberá quedar debidamente cubierto.
- Alta en la póliza colectiva de asistencia sanitaria a todas las personas trabajadoras procedentes de BMN en activo. Recordamos que con fecha 1 de enero se procederá a dar de alta en dicha póliza a los beneficiarios designados por las personas trabajadoras con origen BMN en activo a dicha fecha, estableciéndose una bonificación, a cargo de Bankia, del 30% de la prima anual de la póliza de asistencia sanitaria del cónyuge, pareja de hecho debidamente acreditada en Registro de Parejas de Hecho u organismo correspondiente, y de los hijos e hijas menores de 26 años de edad de la persona trabajadora, siempre que no perciban ingresos superiores al salario mínimo interprofesional fijado anualmente para cada periodo y que convivan con la persona trabajadora.